Por años se ha puesto en la mira de la población, la deficiencia del Organismo Judicial, que no cumple con lo que regula la Constitución, que todos los tribunales sin importar su categoría, deben resolver con apego a derecho y no retrasar las resoluciones, especialmente en aquellos procesos donde el encausado ha demostrado en todas las instancias, que las imputaciones que le articulan no están encuadradas en lo que indica la Constitución y las leyes complementarias.
El marcado abuso de la mora judicial en todas las instancias es una clara violación a la Constitución. Magistrados y jueces atrasan las sentencias, puestamente amparados por la carga judicial, argumentando la falta de personal auxiliar. La mora judicial se ve especialmente en los tribunales laborales, que fijan las audiencias de las partes, hasta un año, afectado al accionante. Igual ocurre en los juicios por reclamación de pensión alimenticia y en tribunales civiles, tanto en primera y segunda instancia la situación es similar.
Los litigantes y usuarios con frecuencia denuncian las irregularidades en los tribunales y las que elevan en las instancias superiores no les dan el curso que manda la ley, siendo esto, por supuesto, otro agravio. En el pasado los magistrados de las salas de apelaciones, por ley, hacían visitas de inspección en los tribunales de su jurisdicción, revisando minuciosamente cada expediente, para comprobar si no había atraso en las resoluciones y si comprobaban ese extremo, se sancionaba al juez, secretario, oficial o notificador, según cada caso.
Existe hasta hoy, la Supervisión General de Tribunales, que está obligada a visitar las Salas de apelaciones y tribunales, para comprobar, si no hay atraso en las resoluciones, para no afectar a los sujetos procesales. Se conoce y así lo han denunciado los afectados, que un porcentaje elevado de privados de libertad, ya cumplieron la condena y se les tiene ilegalmente en prisión, violándole sus derechos, precisamente por la irresponsabilidad de los órganos de justicia, por lo que demandan de las autoridades superiores del Organismo Judicial, una solución inmediata a esas irregularidades.
La justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes, es decir, lo que regula la carta magna. Pero desafortunadamente en la práctica es letra muerta, porque los juzgadores, en raras ocasiones, cumplen con lo que indican las leyes. Tan es así que las autoridades superiores, no cumplen con las normas constitucionales. El pasado 27 de febrero, la Procuraduría General de la Nación, demando despojar de su inmunidad a la Fiscal General María Consuelo Porras Argueta, sindicándola de ser parcial en función de investigadora y no ceñirse a lo que indica la Constitución y hasta ahora, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, no han resuelto tal acción, dando un pésimo mal ejemplo a sus subalternos.
Se espera que las futuras autoridades del Organismo Judicial, que sean seleccionadas y elegidas por el Congreso, giren instrucciones para evitar ese sucio manoseo de la mora judicial, que muchas veces se hace por paga, presiones políticas o por intereses espurios.