Guatemala, vive una era de terror y una violación a las leyes, especialmente de la Constitución Política, que es la columna vertebral de la democracia, que debe respetarse por los que ejercen el poder público y el ciudadano común y corriente. Quien violente su derecho de expresión, su conducta se revierte y se le puede condenar por actos espurios. Para juzgar a cualquiera que emita una opinión hay una ley específica que norma sus derechos ciudadanos, consagrados en la Carta Magna y cuando se es funcionario, conocer lo que dice la Ley del Organismo Judicial, que regula que “la supremacía de la Constitución y la jerarquía normativa. Los tribunales –subraya– observarán ‘siempre’ el principio de la jerarquía normativa y de supremacía de la Constitución Política de la República, sobre cualquier o tratado”…
En los últimos años, con énfasis en la actual administración, los derechos que regulan y dicen claramente las leyes relacionadas, se ha hecho mala interpretación de tales normas, para complacer órdenes de ciertos sectores que tienen varias entidades estatales, que quiebran y violan esos derechos, no por ignorancia, sino por mala fe con sed de venganza extrema. Acciones expurias y violatorias que han sido severamente criticadas por organismos locales e internacionales, que coindicen que la democracia en los actuales momentos se ha visto severamente golpeada, para perjudicar a los que se consideran adversarios al régimen de turno y cuestionan a operadores de investigación y justicia, al no encuadrar sus acciones a los que indican las leyes que deben ser interpretadas sin sesgos politiqueros.
Los guatemaltecos no podemos vivir en una dictadura solapada y con una auto censura. Un régimen democrático que es la voluntad suprema de un pueblo que los eligió, para que sus funciones se encuadren en lo que dice la ley máxima. Enjuiciar a periodistas, fiscales y jueces que no les hacen el juego y no les hacen “la barba” y juzgarlos con leyes que no encuadran, es violar la ley. El artículo 35 de la Constitución, que cumplió 38 años de vigencia, es clara, cuando dice que” es libre la emisión del pensamiento, por cualquiera medios de difusión, sin censura previa… Y existe una ley específica de rango constitucional que para juzgar las opiniones, los comunicadores pueden ser juzgados por un jurado de imprenta, que deberá determinar lo conducente. Sin embargo, actualmente se juzga a un periodista a José Rubén Zamora, por actos que encuadran en las leyes referidas y se imputa a comunicadores de hechos vinculados al citado comunicador, que sufre prisión ilegal y criminal si se quiere y muchos de los que lo han defendido han sido imputados y optaron, fiscales y jueces honestos, a abandonar el país para evitar su encarcelamiento.
Nadie es superior a la ley, todos debemos respetarla, pero si se violan los derechos y las leyes, constitucionales se desprestigia a las instituciones y a un gobierno, peor si se está en un proceso electoral para renovar varias instituciones que son la base de la democracia. Si la democracia se desmorona se quiera el Estado de Derecho. Si existen pruebas para juzgar a los periodistas se debe cumplir con lo que una ley específica lo regula, que como ya quedó dicho, tiene jerarquía constitucional… le duela a quien le duela. Los tribunales aceptaron para su trámite las impugnaciones que presentó la APG respaldada por varias entidades de prensa, para que se interprete claramente las normas constitucionales y se actúe con apego a derecho lo que dice la ley, esperando que en sentencia se declare que ha lugar la acción de constitucional de amparo.