Surge una nueva forma de participación ciudadana de los migrantes guatemaltecos en el extranjero, haciendo uso de sus derechos consuetudinarios y aquellas leyes guatemaltecas que así lo garantizan.
En el contexto de los escenarios internacionales el guatemalteco representa la dignidad nacional y la lucha constante en favor de una mejora al bienestar, en ese sentido las dependencias gubernamentales deben constituirse en ese gran marco de atención al guatemalteco, en tal virtud el Consejo Migrante Guatemalteco de Probidad y Veeduría pretende generar una alianza de trabajo para que se mejoren dichas condiciones; por medio de esta instancia se abren los brazos y manos de la diáspora para tender un puente de comunicación y coordinación, buscando la voluntad política institucional de aquellas instituciones que tienen como objetivo velar por la buena gobernanza y la buena utilización de los recursos, traducidos en calidad de servicios.
Por otro lado la falta de buena atención en algunos consulados ha sido una rutina que se ha ido fortaleciendo aceleradamente por la poca participación de la comunidad migrante guatemalteca en el extranjero para monitorear, evaluar, acompañar, supervisar, vigilar y aveces fiscalizar sus formas y maneras de funcionar en cuanto a sus presupuestos y sus sistemas de operación, partiendo de que todos las instancias de gobierno y sus empleados son cuentadantes ante la población y se les debe exigir un servicio de alta calidad con un proceso de mejora continua con personal calificado para el efecto.
En gobiernos anteriores había un ente legal que ejercía esta función cuando estaba establecido el ente del Consejo Asesor de CONAMIGUA en los inicios del enforzamiento de la ley del Consejo Nacional de Atención al migrante guatemalteco, en esos tiempos se cuestionaba a las máximas autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores en su doble rol (Ministro de Relaciones Exteriores y Presidente de CONAMIGUA) y otras autoridades de interés del migrante.
En la actualidad hay un desinterés marcado en participar en el Consejo Asesor de CONAMIGUA, prueba de eso es que solo dos representaciones hay, siendo las jurisdicciones de Maryland y North Carolina, a esto se une la falta de experiencia, conocimiento y voluntad institucional de las autoridades de CONAMIGUA en completar la base social en todas las regiones consulares que ahora doblan en número, lo cual podría ser la solución a esta falta de una instancia que haga estas funciones de seguimiento institucional.
En toda la red consular guatemalteca hay una problemática que muchas veces no es visible, pero es evidente y esto se debe a toda la estructura y formas de actuar de un Ministerio de Relaciones Exteriores en decadencia que no permite una reestructuración y modernización acorde a las exigencias de la diáspora guatemalteca en el extranjero. Para esto es necesario entender algunos conceptos del porque se debe participar como como sociedad civil migrante para la creación de un ente que le dé seguimiento.
El principio de probidad en la función pública consiste en observar una conducta funcionaria intachable, un desempeño honesto y leal de la función o cargo con preeminencia del interés general sobre el particular.
La probidad, en términos generales, es la rectitud y moralidad a que tiene que ajustarse la conducta humana, y en lo público, la que debe observarse en el ejercicio de funciones públicas.
El concepto de probidad se determina: «implica una conducta funcionaría moralmente intachable»; «una entrega honesta y leal al desempeño del cargo» y en éste «una primacía del interés público sobre el privado»
Probidad, en términos generales, es la rectitud y moralidad a que tiene que ajustarse la conducta humana, y en lo público, la que debe observarse en el ejercicio de funciones públicas.
El vocablo tiene su origen en la voz probitas y significa bondad, rectitud de ánimo, hombría de bien, integridad y honradez en el obrar. Es sinónimo de honorabilidad (Diccionario de la Lengua Española).
Por consiguiente, y por un lado, si la probidad pública comprende la misión fundamental del estado y por lo tanto de sus agentes de reconocer, amparar o proteger e incentivar los derechos de los gobernados y además de estar al servicio de las personas, como asimismo de ajustarse en la conducta a los elementos de juridicidad, eficiencia, probidad y racionalidad; y por otra parte, si la corrupción significa alterar o trastocar la normalidad de la conducta debida por el agente público, habría que concluir que quien desempeña funciones públicas incurre en la corrupción cuando con su conducta altera o vicia los deberes antes señalados.
La transparencia puede tener múltiples definiciones. La más común es la cualidad de un objeto que permite ver con nitidez a través de él o cuando deja pasar la luz. Para los servidores públicos, la definición de transparencia también hace referencia a una cualidad.
La transparencia consiste en llevar a cabo prácticas y métodos que permitan poner a disposición pública acciones, resultados u omisiones, sin tener nada que ocultar.
Por presión y exigencia de la sociedad civil el estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública. El Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad.
Corrupción: El Diccionario de la Real Academia Española dice que «Corrupción» es la acción y efecto de corromper o corromperse3. Una segunda acepción la hace sinónimo de alteración o vicio. Una tercera, la explica como vicio o abuso introducido en las cosas inmateriales, corrupción de costumbres, de voces.
En consecuencia, las voces corrupción y corromper suponen las ideas de alteración de algo de su normalidad, y de vicio. Una especificación del sentido de las palabras ya indicadas lleva la alteración o vicio al soborno (dádivas para conseguir de alguien algo mediante el trastorno o trastoque de lo normal), o a la perversión que importa perturbar lo normal.
Distintas connotaciones de la corrupción
Es posible distinguir la corrupción individualizada de la generalizada. Por ello, es preciso referirse separadamente a ellas.
Corrupción individual
El comportamiento de un agente público merecería de ser tachado de corrupto cuando se conjuguen los aspectos correspondientes a la ética que le es exigible en la función que desempeña y la del concepto vulgar de corrupción que ya se vio.
Justificación
El Consejo Migrante guatemalteco de Probidad y Veeduría se establece como una necesidad de Participación Cívica y Ciudadana de los guatemaltecos en el extranjero para monitorear, evaluar, acompañar, supervisar, vigilar y fiscalizar sus formas y maneras de funcionar en cuanto a sus presupuestos y sus sistemas de operación.
La participación cívica y ciudadana de los migrantes debe hacerse ver en aquellos liderazgos que siempre están defendiendo, velando y protegiendo los interés, beneficios y derechos de los migrantes guatemaltecos en el extranjero; partiendo de que los servicios consulares en cuanto a documentación y protección consular son deficientes y estos se debe básicamente a ciertos males que son del conocimiento de muy pocos; que en la mayoría de casos no son denunciados por temor a represalias.
El acercamiento de instancias gubernamentales de interés del migrante es de mucha importancia, pues instituciones como el Instituto de Migración de Guatemala, el Registro Nacional de las Personas, el Tribunal Supremo Electoral, El Ministerio de Relaciones Exteriores, Consejo Nacional de Conamigua, el Congreso Nacional, entre otras, es de suma importancia para establecer mecanismos de cumplimiento a las atribuciones de cada institución.
Hoy en un proceso que puede ser transitorio con la creación de este Consejo Migrante Guatemalteco de Probidad y Veeduría para que mediante la participación de la diáspora se puedan hacer procesos de reconversión estructural en la atención consular y de las otras entidades con servicios de alta calidad, con prontitud y mejora continua
Este Consejo tiene como Misión: Establecerse como la instancia social de la comunidad migrante guatemalteca en el extranjero que dé seguimiento al accionar de las entidades del gobierno en el extranjero en la ejecución de sus presupuestos y procesos operacionales en atención a los usuarios, valiéndose de las entidades encargadas del seguimiento, evaluación, monitorear, fiscalizar, etc. y las leyes de participación ciudadana que así lo permiten y una Visión:
Ser la instancia social de la comunidad migrante guatemalteca en el extranjero que vele, proteja y defienda los intereses, beneficios y derechos de la diáspora guatemalteca y sus familias en las comunidades de origen en Guatemala por medio de su interacción con el que hacer de las instancias gubernamentales de interés del migrante.
Sus Objetivos Generales son: 1. Establecer mediante un proceso que puede ser transitorio el Consejo Migrante guatemalteco de Probidad y Veeduría empoderando a la diáspora para que retome las normas establecidas en ley para su participación cívica y ciudadana dentro del que hacer gubernamental y 2. Crear un ente social que vele, defienda y proteja los intereses, beneficios y derechos de los migrantes guatemaltecos en el extranjero para que existan servicios consulares prontos, de alta calidad, sin retrasos; relacionados al a documentación, protección consular y otros a definir en el proceso de las reuniones delConsejo Migrante guatemalteco de Probidad y Veeduría, sirviendo de vinculo de comunicación y coordinación con las entidades de interés del migrante.
Las Instituciones de marcado interés del Consejo Migrante Guatemalteco de Probidad y Veeduría: 1. Ministerio de Relaciones Exteriores y sus servicios en los Consulados del extranjero(MINEX)
- Instituto Guatemalteco de Migración
- Consejo Nacional de Atención al Migrante(CONAMIGUA)
- Registro Nacional de las Personas (RENAP)
- Tribunal Supremo Electoral (TSE)
- Organismo Legislativo
- Otros.
Es importante profundizar que a los guatemaltecos les asiste el derecho de participar activamente en todos aquellos procesos ciudadanos que les garanticen plenos derechos como lo dice la Constitución Política de Guatemala y todos los convenios internacionales suscritos por el gobierno guatemalteco.