José Roberto Alejos Cámbara

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Continuando con el artículo de la semana pasada donde hablamos de los principios del proceso legislativo después de haber escrito sobre cómo elaborar un proyecto de ley aquí el resto de los principios y para terminar de animarlos aquí realmente estudian cómo se elabora un proyecto de ley, sus principios y cómo lo podemos llevar al congreso de la república para cerrar este tema.

Principio de discusión y deliberación: debe asegurarse al Organismo Legislativo que sus integrantes lleven a cabo los procesos deliberativos que sean necesarios para la toma de sus decisiones. Todos los diputados deben tener la oportunidad de debatir el asunto en cuestión y así expresar sus opiniones y escuchar a los demás a fin de que ello les ayude a condensar y tomar decisiones.

Principio de decisión y votación: para tomar una decisión o aprobar una propuesta, debe efectuarse una votación y contar con el voto afirmativo, de la mayoría que la Constitución y las leyes exijan, para cada caso.

Principio de congruencia y unidad de materia: todo proyecto de ley o propuesta de modificación o enmienda debe referirse a una misma materia y no se admitirán las disposiciones o modificaciones que no se relacionan con ella. Es en primer término responsabilidad de los ponentes atender este principio, pero todo diputado estará obligado a señalar cuando, a su criterio, una propuesta contradiga este principio.

Principio de participación ciudadana: tomando en cuenta que la potestad legislativa se ejerce en representación del pueblo, las diversas etapas del proceso legislativo contemplarán la participación de instituciones, organizaciones de la sociedad o de ciudadanos que soliciten presentar sus posturas referentes a una propuesta legislativa. En lo posible, estas audiencias se realizarán de manera presencial. En las actas respectivas de los órganos que se traten se dejará constancia de tales solicitudes, documentos presentados o el resumen de sus planteamientos.

Orden de precedencia: todos aquellos procedimientos que no tengan contemplado un plazo preciso para su realización, se entenderán que se realizarán en la inmediata o próxima oportunidad y atendiendo el orden en que han sido presentadas para su tramitación. Cualquier alteración a su orden de precedencia deberá razonarse y hacerse constar con las formalidades que correspondan al órgano responsable de tal decisión. 

Presentación al Pleno

Es hasta este momento, en que nuestro documento se va a convertir en un proyecto de ley. Hasta que este no sea presentado al Pleno del Congreso y admitido para su discusión y estudio, sigue siendo un anteproyecto de ley. Hay varias formas de que esto suceda.

Primera opción: el documento puede haber llegado, incluso, hasta por correo al Organismo Legislativo, puede haberse presentado personalmente, entregado conjuntamente con una manifestación o con mucha publicidad; pero si no va firmado por algún diputado al Congreso de la República, que son los que tienen iniciativa de ley, el anteproyecto será leído dentro del despacho calificado de la agenda para la sesión de ese día.

Si eso sucede, después de ser leído, el Secretario preguntará a todos los diputados en voz alta, si hay alguien que quiere avalar o como se dice popularmente, “apadrinar” el documento; es necesario un solo diputado que lo haga suyo, el documento se convierte en un proyecto de ley y será enviado a la comisión que le corresponda para su estudio y dictamen. 

Segunda opción: que el documento sea presentado al Pleno, trámite que se da cuando éste ya va firmado por uno o varios diputados. Por ejemplo: Si el documento fue entregado al Presidente del Congreso y este lo hizo suyo, o como se acostumbra que toda la Junta Directiva recibe y lo firma para presentarlo al Pleno o como cuando se presenta a través de un partido político y lo firman diputados de la bancada correspondiente; en ese caso, el documento será leído al Pleno en una sesión sólo para su información y el Secretario, automáticamente lo enviará a la comisión respectiva para su estudio y dictamen, sin siquiera discutirlo.

Únicamente podrá argumentar o exponer acerca del documento uno de los diputados ponentes, como se le conoce a los diputados firmantes.

Tercera opción: constituye cuando el documento va firmado o presentado por alguien que no es diputado, pero que tiene iniciativa de ley. La Constitución establece que tienen iniciativa de ley, además de los diputados al Congreso de la República:

  • El Organismo Ejecutivo.
  • La Corte Suprema de Justicia.
  • La Universidad de San Carlos de Guatemala.
  • El Tribunal Supremo Electoral.

En este caso, el documento ya lleva el nombre de proyecto de ley y al igual que en el caso anterior se leerá en el Pleno solo para su información, pasando inmediatamente para estudio y dictamen a la comisión que le corresponda.

Cuarta opción: por supuesto la mejor forma de que el documento sea presentado al Pleno, es cuando el proyecto viene propuesto, es decir, firmado por la comisión respectiva, lo que puede conseguirse si la etapa de presentación y apoyo fue efectiva y se logró convencer a la comisión correspondiente de hacer suyo el proyecto y presentarlo.

Algunas comisiones lo presentan sin modificaciones, otras van a querer hacerle algunos cambios de estilo, para que no se diga que les dieron el trabajo hecho, pero la mayoría, antes de presentar el proyecto al Pleno lo estudiará y lo modificará, aprovecharán para incluir sus inquietudes, modificar las que no les parezca o excluir las que ellos crean inconvenientes, en este caso, el proyecto de ley se leerá en el punto de agenda denominado iniciativas de ley y es la mejor opción.

NO SE VALE   Que después de haber leído todo el tema de cómo hay que elaborar un proyecto de ley, entender cuáles son los principios legislativos y darnos cuenta cómo el proyecto de ley puede parar en manos de los diputados para enviarlo a una comisión que lo estudie y emita su dictamen para empezar su proceso de aprobación, no entendamos que hay una gran oportunidad para llevarle al congreso, proyectos de ley que representen a nuestro sector o que promuevan los cambios que desde nuestro punto de vista necesita el país. Yo lo que busco con este manual y con los recientes artículos es promover la participación de todas aquellas y aquellos que sin llegar al Congreso de la República pueden propiciar cambios. Y vaya si el país no necesita.

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