Seguimos inmersos en esta problemática social y lamentablemente muchos de la población siguen sin tener conocimiento de qué es lo que realmente está sucediendo y qué es lo que cada grupo persigue en cada lado de su trinchera. Además de no tener clara la diferencia entre procesos electorales y delitos penales.
Cuando Consuelo Porras, en su calidad de Fiscal General, afirma tener la obligación de investigar toda denuncia que se reciba en el Ministerio Público (MP), tiene sobrada razón, aunque tristemente su afirmación no sea del todo verdadera. Por ejemplo, yo presenté una denuncia contra un comité proformación de partido por firma falsa y la denuncia quedó engavetada. Nunca procedió la investigación y por ende, nunca se llegó a un juicio.
Desde el 2018 se han enviado denuncias no sólo contra Semilla, sino contra otras agrupaciones por señalamientos de falsificación de firmas, nombres sin respaldo de documentos, compra de votos, movilización de gente, alteración de actas, etc. Y, en la actualidad las hay contra quienes manejaron el sistema de informática y el padrón electoral e incluso contra las juntas receptoras de votos.
Definitivamente, todas esas acusaciones deben ser investigadas bajo el precepto del debido proceso lo que implica citar, escuchar y vencer en juicio a quienes resulten responsables dentro del marco de la celeridad de la justicia y sin abusar de la prisión preventiva.
El meollo del asunto es saber identificar cuáles son los temas electorales de jurisdicción específica del Tribunal Supremo Electoral (TSE), y cuáles son los delitos electorales con categoría penal que compete a los Tribunales de Justicia.
Corresponderá entonces al MP convencer, con pruebas, por qué se empeña en querer declarar nulas las elecciones. Hasta hoy, el ente investigador, sólo ha pregonado que “existen miles de ilegalidades” en su afán de hipnotizar a la población y hacerles creer su hipótesis,
extremo que permitiría dejar al mando a los “mismos”.
NO SE VALE no entender que el problema de Guatemala es la lenta y corrupta aplicación de la justicia por un sistema integrado ilegalmente por magistrados, quienes debieron haber entregado sus cargos el 13 de octubre de 2019. En ellos radica la decisión de resoluciones en torno a un proceso electoral amenazado con declararse nulo cuando se encuentre “culpable” a quien incurrió en algún delito de los descritos anteriormente.
Los constituyentes fuimos claros al separar la aplicación electoral y la aplicación penal, estando esta última imposibilitada para frenar un proceso electoral. Dicho muchas veces, lo penal es personal y debe pagar la persona.
YA ES HORA de explicarle a la población que, si bien pueden existir problemas de tipo penal incluyendo el delito de corrupción, esto no significa que se frene y no invalide el proceso electoral y menos impedir el cambio de gobierno el 14 de enero, que es prácticamente el objetivo de quienes están detrás del caos jurídico actual. Pero también YA ES HORA de entender que fue el Registro de Ciudadanos anterior quien, en todo caso, no debió autorizar la participación de algunos partidos políticos con señalamientos similares a los de Semilla y que el incumplimiento de los requisitos se dilucida antes y no durante el proceso de elecciones, y menos cuando el proceso concluyó y ya se tiene a un ganador.
El miedo al partido triunfador no tiene razón de ser, pues al analizarlo este no se compara, por ejemplo, con el Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP); la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG); Winaq, o con la original Unidad Nacional de la Esperanza (UNE). Yo lo veo moderado y pequeño, y obligado a propiciar el diálogo y la negociación si quiere lograr algo de tantas expectativas.
Caso contrario ¿Qué podría venir si Semilla no toma posesión? Porque admitamos, es lo que se pretende, o de lo contrario no se darían esas resoluciones de la CC, de las que definitivamente vamos a tener que escribir.