Mario Alberto Carrera
Tenemos y vivimos una leyenda –secularizada ya– sobre la existencia o no de la libre emisión del pensamiento y que resucita hoy con la expedición de un fallo de la Corte Suprema de Justicia que
–grosso modo– “absuelve” a la fiscal general Sra. Porras, pero ordena investigar a elPeriódico por haber publicado la declaración de un abogado, texto que supuestamente debería haber formado parte de un folio o legajo en reserva o ¿sumario?
El fallo de la CSJ es amañado porque favorece a Porras –la fiscal general– y es, en cambio, traicionero para elPeriódico. Esta traición consiste en que la CSJ en vez de velar por los derechos del ciudadano (y de los medios) los traiciona porque no respeta el Artículo 35 constitucional, que garantiza la libre emisión del pensamiento.
Si elPeriódico fuera perseguido judicialmente por la ley, de acuerdo con el fallo de la CSJ, se estaría también persiguiendo –en él– a todos los medios de comunicación y a todos los periodistas o comunicadores. Pues aunque el Artículo 35 no se refiere explícitamente a la libertad de Prensa, es a ella a quien más atiende y resguarda. El periodista y los medios no pueden ser censurados ni encausados por su posición política o de pensamiento. Somos libres hasta el límite de cuando la palabra libertad pueda convertirse en libertinaje o caer en calumnia o difamación. Y este no ha sido el caso de elPeriódico respecto de lo que narro al referirme aquí a la CSJ.
Al ordenar tal despropósito la Corte Suprema de ¿Justicia?, retorna a testimoniar que nos encontramos –a octubre del 21– en el seno fétido de una dictadura (lástima que no sea como la supuesta de Bukele con esos hospitalazos) porque hoy más que nunca los tres organismos del Estado se alinean en una sola, única y misma dirección: la de estructurar –muy bien ensamblada y articulada en el crimen- una autocracia tenaz, descarada y absolutista (por lo mismo en contra de todo modernismo y modernidad) bajo la orientación de Alejandro Giammattei.
Sabemos a profundidad que la libertad para expresar el pensamiento es fundamental para la vida en democracia y que es a la vez la piedra clave fundadora de todos los derechos humanos. Es característica del mundo –y la Edad Moderna– su disfrute en plenitud. Sin libertad para emitir el pensamiento no es posible la vida intelectual, del alma, espiritual y mental –como quiera que la llamemos– y por tanto del hombre en cuando hombre mismo, caracterizado por ser un ente racional creador de lenguaje. La emisión del pensamiento sólo es posible mediante la palabra y al constreñirse o limitarse -la libre emisión del pensamiento- se le está poniendo un límite a la palabra que nos funda.
El pensamiento sólo puede tomar forma mediante la palabra. Es la palabra la escultura del pensamiento. Su forma, la forma del espíritu.
Defender a toda costa el Artículo 35 de la Constitución de la República, es defender la palabra, es valorar la palabra. Es darse cuenta de que la humanidad es palabra.
El lenguaje mediante el cual se emite el pensamiento debe ser intocable y sagrado. Porque palabra y lenguaje son pensamiento y pensamiento es humanidad. El pensamiento y la palabra que generalmente toman cuerpo mediante la “imprenta” son palabra escrita y pensamiento en piedra. El Artículo 35 viene a ser como el marco de la vida ciudadana, humana, del hombre libre en democracia.
¡Abajo todo despotismo!, como el que va instaurando, día con día, el autócrata Giammattei y quienes están conformando su dictadura, dictadura de turno que busca siempre lo mismo a lo largo de su circuito general: la indefensión del ciudadano para atraparlo en su red de oligarquía.