Por: Lic. Luis Fernando Bermejo Quiñónez
@BermejoGt
lfernandobermejo@gmail.com

 

Para todos es evidente que existe un rezago en la inversión pública en el país. El problema de esto no es nuevo. En la historia reciente del país, por lo menos desde el 2016 se viene escuchando de esta problemática. En esa época se decía que la inversión se retrasaba porque los funcionarios “tenían miedo” de suscribir contratos de eventos de licitación por el caos que la “CICIG estaba causando”. Luego en la época de Giammattei si bien tuvieron acceso a cuantiosos recursos y una pandemia que estimuló liberar dinero público para agilizar inversiones y atender la pandemia, se agilizó la contratación pero no se vio reflejado en obra, sino sólo en un “sobregiro” de los presupuestos de las entidades públicas, particularmente, en el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. Hoy al gobierno actual se le reclama que teniendo presupuestos con recursos asignados no se ejecuta adecuadamente.

Los procesos de contratación pública, y especialmente los de obras de infraestructura, desde su inicio, con la planificación, estudios de preinversión, diseño, licitación y construcción puede ser un proceso multianual lleno de pasos que puede ser simplificado. Así para que el lector comprenda mejor el punto, de forma muy resumida, un evento de contratación de infraestructura pública conlleva una fase de planificación que muchas veces puede demorar ochos meses a un año o más. Infraestructuras complejas pueden demorar su planificación técnica más tiempo. Para poder ser incluidos en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) se deben cumplir con muchas normas y requerimientos establecidos en la normativa técnica de Segeplan, entre estos los requerimientos de los estudios de preinversión que deben realizarse. Este procedimiento para ser aprobado por Segeplan puede tomar entre seis a ocho meses en realizar los estudios de preinversión y otro tanto en que éstos tengan el aval de dicha Secretaría. Luego de que figura en el SNIP ya puede pasarse a la estructuración del evento de contratación pública (licitación) lo cual puede tomar unos 2-4 meses en su formulación para el lanzamiento del evento y luego el proceso de licitación puede durar en promedio unos 6 meses hasta ser adjudicado. Allí finaliza el proceso si se tiene suerte porque pueden existir impugnaciones y hasta procesos judiciales sobre la adjudicación. Como se puede apreciar, en una forma resumida, un proyecto de inversión puede demorar no menos de dos a tres años en construirse.

Mucha de la normativa que rige las contrataciones públicas existe para crear trazabilidad, cuentadancia y transparencia en las contrataciones, no precisamente buscan la “agilización” o “facilitación” de la de la obra pública. Entonces el planificador y el tomador de decisiones en el Estado se ve “enmarañado” y constreñido por múltiples procesos, cumplimiento documental de manuales, opiniones, dictámenes, “previos” y demás tramitología que a la larga solo alimentan un “sistema” que tampoco abona a la transparencia sino a difuminar y distribuir “la responsabilidad”. El sistema cuando se conoce de dentro está hecho para no ser “ágil”.

¿Puede haber punto medio entre la agilización de la inversión pública, salvaguardar la transparencia y el bueno uso de recursos? Creo que sí. Es indispensable para el país llegar a una solución de este tema. Actualmente se acaba de introducir al Congreso la iniciativa de ley 6576 de “Ley de Agilización de la Inversión Pública” lo cual ha generado diversas críticas quizá, en mi opinión, por su enfoque ambicioso de querer abarcar mucho. Esta normativa trata de agilizar “inversión pública estratégica” en ocho ministerios del Organismo Ejecutivo, en la SAT, Empresa Portuaria Quetzal, en Fegua y en todas las más de 340 municipalidades del país. La iniciativa autoriza a suscribir convenios con organismos internacionales como PNUD, UNOPS e inclusive con el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos de América. Asimismo, establece normas para agilizar las contrataciones por los Codedes por medio de fijación de plazos cortos para autorizar proyectos y normas sobre agilización del trámite de registro en el SNIP en Segeplan. Algunos diputados y cámaras ya se han pronunciado en contra del proyecto porque, argumentan, debilitaría la transparencia y pudiere llevar a derroche de recursos y corrupción.

Al respecto de esta iniciativa de ley, quisiera plantear unas ideas para su futura discusión en el Congreso:

  • Analizar delimitar concretamente los proyectos que se constituyen “inversión estratégica” que requieren “agilización”. Aquí considero que se puede acotar su “alcance” y se puede identificar concretamente los proyectos de los estudios del Metro, la ampliación del Puerto Quetzal y otras infraestructuras y contrataciones estratégicas que tengan respaldo popular (e.g. la de movilidad en la Ciudad de Guatemala) que pudieren necesitarse más que dar una amplia “manta” que cubra toda contratación necesaria en las entidades incluidas en el artículo 2.
  • Me parece que algunas normas propuestas, más que ir en ley, pudieran ser objeto de mejor gestión administrativa o de recursos humanos en los propios ministerios. Por ley acortar plazos de autorización en los ministerios bajo amenaza de sanción puede sustituirse por instrucciones administrativas de facilitación de gestiones estratégicas y por medio de inversión en la digitalización. Una reingeniería de procesos pudiera ser necesaria y eliminar esas normas legales (e.g. art. 6 sobre los proyectos en Codedes y el art. 7 sobre el SNIP).
  • Por último, acortaría el plazo de la “autorización” de tres años a uno para tratar de contrarrestar el argumento que es una medida “electorera”. Otra opción es que para las “inversiones estratégicas” acotadas bajo el numeral 1) ut supra la medida sea por tiempo indefinido hasta que finalicen y en el resto, se tenga control parlamentario cada año.

Todas estas propuestas son para abonar a la discusión de la iniciativa presentada, pero quizá lo que deberíamos estar pensando como país es en el diseño total, partiendo de cero, del sistema de contratación pública del país. La Ley de Contrataciones es del 1992, toca repensarla de nuevo totalmente. De lo contrario seguiremos creando parches o creando estructuras administrativas que sólo abonan a que nunca se aborden los problemas de fondo de la contratación pública de cualquier tipo.

Luis Fernando Bermejo Quiñónez

@BermejoGt

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