Jonathan Menkos Zeissig
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En estos días ha dado inicio el juicio contra cinco exintegrantes de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) acusados por delitos contra los deberes de humanidad en su forma de violación sexual. Este caso reúne a treinta y seis mujeres achí, provenientes de Rabinal, que fueron víctimas de violencia sexual durante el Conflicto Armado Interno por parte del Ejército de Guatemala y las PAC, mujeres que llevan diez años enfrentando diferentes obstáculos para poder acceder al derecho a la justicia, entre ellos el racismo y la discriminación, así como la lentitud del Sistema Judicial.
Las PAC fueron creadas en 1981, durante la dictadura militar de Romeo Lucas y tuvieron como fin involucrar a la población civil, principalmente campesina, en la lucha contrainsurgente. Efraín Ríos Montt las reconoció legalmente en 1983, durante su gobierno de facto y en 1986 se convirtieron en comités voluntarios de defensa civil. El Estado de Guatemala disolvió estos grupos hasta 1996, con la firma de los Acuerdos de Paz. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) atribuye a las PAC aproximadamente uno de cada cinco crímenes cometidos en el Conflicto Armado Interno. Dicha Comisión documentó 1,465 hechos de violación sexual durante este conflicto: el 89% fueron mujeres mayas y un 35% fueron niñas.
A lo largo de la historia, los ejércitos han planificado la violación sistemática de las mujeres. Por un lado, se cosifica a las mujeres, se les priva de sus derechos, se les domina con el fin de ejercer control sobre ellas, pero también para controlar a su familia y a su comunidad, incorporando un mensaje de humillación para al colectivo social al que pertenecen.
Entre las pruebas periciales presentadas para este caso, las principales conclusiones refieren que: 1) la violencia sexual se constituyó, como método planificado y sistemático, en el eje central de la represión y persecución; 2) la violencia sexual fue utilizada como un castigo ejemplar, un arma de sometimiento, control, poder, odio y dominación por el racismo y misoginia como proceso históricos e institucionalizados que se reproducen con el silencio y la impunidad; 3) a las mujeres se les controló por medio de sus cuerpos, con esclavitud sexual, lo que es un crimen de lesa humanidad; 4) los hechos de violencia y esclavitud sexual y doméstica ocurridos en Rabinal y aldeas aledañas fueron cometidos por elementos militares pertenecientes al destacamento apoyados por comisionados y PAC dirigidos y controlados por el mando de las Zonas Militares número 4 y 21, es decir, las PAC estaban bajo el mando militar, por lo que el Estado es responsable de la violencia contra las mujeres achí; 5) a través de la violación el mundo social y espiritual de las mujeres fue destruido, fueron quebrantadas en todo sentido.
La señora Paulina Ixpatá, una de las treinta y seis mujeres achí que busca justicia, nos cuenta que, el 25 de septiembre de 1982, cuando tenía 19 años, frente a su madre, fue detenida ilegalmente y trasladada al destacamento militar de Rabinal en donde la violaron y torturaron durante 25 días. Dos meses antes, el Ejército y las PAC, en el caserío Rancho Bejuco de Santa Cruz el Chol, masacraron a 15 miembros de su familia y a 14 vecinos, muchos de ellos menores de edad. A pesar de la violencia que el Estado ejerció en su vida y del tortuoso camino para la justica, doña Paulina no pierde las esperanzas: “mi mayor deseo es que con la lucha, junto con otras mujeres, logremos que se haga justicia y que nada quede en el silencio”. ¡Exijamos justicia para las mujeres achí!