Jonathan Menkos

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Jonathan Menkos Zeissig
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En la madrugada del pasado 8 de junio, sesenta y dos de los ochenta diputados que conforman la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobaron la Ley Bitcoin (Decreto 57). Sin estudios técnicos que sostengan esta acción, ni debates en el Pleno y sin información concreta para explicar a la población el sentido de esta medida, los diputados establecieron que dicha criptomoneda es de curso legal en el país. Ahora propongo un breve punteado de lo que toda persona debe saber del bitcoin.

El bitcoin, como las otras 4,000 criptomonedas que existen en la actualidad, son medios digitales de intercambio, privados y descentralizados, que circulan por medio de distintas redes y, salvo algunas excepciones, sin ninguna regulación gubernamental. No hay requisitos para adquirir bitcoines y se pueden hacer transferencias directas entre personas que tengan billeteras electrónicas para acumularlos. Algunas casas de cambio cobran comisiones más bajas en transacciones con bitcoines que en la compra de otras monedas.

El bitcoin es la criptomoneda más antigua, creada en 2008, y la más famosa. Sin embargo, por su alta volatilidad, es incapaz de mantener el poder adquisitivo a lo largo del tiempo, como lo guarda el quetzal. Por ejemplo, el 1 de enero de 2021, un bitcoin equivalía a Q251,848.11; el 16 de abril llegó a equivaler a Q464,401.06, pero, el 21 de junio, ya había caído y representaba Q244,475.35. Es probable que para los especuladores, esta volatilidad sea atractiva para jugar con dinero que les sobra, pero nadie quiere que le paguen su salario o los bienes y servicios que produce o guardar sus ahorros con una criptomoneda cuyo valor futuro es impredecible como resultado de dos factores: el interés o no que tengan en ella algunos actores económicos importantes (Elon Musk o China, por ejemplo) y el interés que tengan los principales propietarios de esta moneda cuyo poder les permite especular con la misma: el 95.0% de los bitcoines están en manos del 2.4% del total de dueños.

Las criptomonedas como el bitcóin garantizan el anonimato de sus dueños, por lo que se convierten en un camino llano para el fomento de actividades ilícitas. Desde extorsiones de poca o mucha cuantía hasta evasión de impuestos, pasando por el ocultamiento de recursos relacionados con actos de corrupción y lavado de activos podrían quedar impunes. El Grupo de Acción Financiera (Gafi) ha recomendado a los Estados que identifiquen y evalúen los riesgos de lavado de dinero que puedan surgir con relación al desarrollo de productos nuevos relacionados con criptomonedas.

Como resultado de la falta de conocimiento sobre las criptomonedas, muchas personas han sido estafadas fácilmente. En Turquía, por ejemplo, la empresa Thodex logró atraer al mercado de criptomonedas a cerca de cuatrocientos mil ahorristas con una masiva y exitosa campaña de promoción. Las personas invirtieron en la criptomoneda Dogecoin, sin garantía de ahorro, comprándola a un cuarto del precio de mercado. Cuando la estafa estaba por descubrirse, el director de Thodex huyó del país con dos mil millones de dólares.

En febrero de 2021, la Superintendencia de Bancos comunicó que, en Guatemala, de acuerdo con la Ley Monetaria la unidad monetaria de Guatemala es el quetzal y únicamente el Banco de Guatemala puede emitir billetes y monedas dentro del territorio de la República, por lo que las criptomonedas no son de curso legal en el país. Asimismo, las monedas virtuales no son respaldadas por el Estado de Guatemala, no se consideran divisas, no están garantizadas, ni se puede obligar a ser aceptadas como medio de pago en transacciones de bienes y servicios. Las criptomonedas en la actualidad son buen negocio para pocos y pérdidas para muchos.

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