Factor Méndez

fmendez21@gmail.com

Defensor Derechos Humanos. Catedrático. Periodista/Escritor. Estudió Derecho, Derechos Humanos y Trabajo Social en Guatemala, Honduras y Costa Rica. Catedrático San Carlos y Rafael Landívar. Fundador Centro de Investigación, Estudios y Promoción de Derechos Humanos CIEPRODH. Autor de ensayos y artículos sobre temas sociales, políticos, memoria histórica y Derechos Humanos.

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Hoy, 3 de mayo Día Internacional de la Libertad de Prensa, exigimos libertad para #JoséRubénZamora. ¡Alto a los ataques contra periodistas y prensa independientes!

¿Qué significa la Trata de Personas? La definición correcta la encontramos en el Protocolo de Naciones Unidas contra la Trata de Personas que dice: “Por ‘trata de personas’ se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.”

En Guatemala, este delito penal se encuentra contemplado en la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. El artículo 47 establece los tipos de explotación, dice: “Para los fines del delito de trata de personas, se entenderá como fin de explotación: La prostitución ajena, cualquier otra forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, la mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejidos humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado o servil.” 

Se sabe que la trata de personas es un negocio transnacional millonario, de grandes proporciones, un fenómeno global, de libre mercado con mucha oferta y demanda; que las formas más frecuentes son explotación sexual y laboral en todas sus formas, que puede terminar con la venta de personas y tráfico de órganos y tejidos humanos.

En los Estados Unidos de Norteamérica (EE. UU.), en 47 de los 50 Estados es legal y libre la comercialización de órganos humanos. Una investigación de la periodista Mariana Van Zeller, transmitida en 2024 en la serie documental “contrabandistas” por un canal estadounidense, reveló que existe demanda de un “mercado de rarezas” para coleccionistas que compran partes del cuerpo humano, muchas promociones se pueden encontrar en las plataformas de Facebook e Instagram.

Igualmente, hay un mercado negro que compra y vende partes óseas y cráneos humanos. Algunas veces el origen de las piezas puede ser el robo de tumbas o de funerarias que venden cuerpos de quienes deberían ser incinerados, pero engañan y cometen fraude contra quienes contratan el servicio; esta modalidad fue descubierta en EE.UU.

¿Quiénes compran? Laboratorios y científicos dedicados a la investigación médica. Facultades y escuelas de medicina. Profesionales, docentes y estudiantes de medicina y odontología. Pacientes que requieren donación de órganos. También se usan para rituales de santería y brujería. Según la autora del reportaje, en EE.UU. y México por $.5,000.00 se puede comprar el cráneo de un niño.

Por otra parte, respecto a la explotación laboral, trabajos forzosos o esclavitud moderna, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se entiende por trabajo forzoso cuando se realiza de manera involuntaria y bajo amenaza de una pena cualquiera. O sea, cuando las personas son forzadas a trabajar mediante el uso de violencia o intimidación, o por medios más sutiles como deuda manipulada, retención de documentos de identidad o amenazas de denuncia a autoridades de inmigración.

El trabajo forzoso se impone a adultos y niños sin distinción de ninguna naturaleza, lo hacen las autoridades estatales, empresas privadas, grupos criminales o individuos. Se manifiesta en la mayoría de países y en todo tipo de actividades económicas en el trabajo doméstico, construcción, agricultura, manufactura, explotación sexual y mendicidad forzada.

La realidad creciente de estos fenómenos que adquieren notoriedad global obliga a los Estados a prevenirlos, combatirlos y erradicarlos. Denunciar estos hechos, puede salvar vidas.

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