Es lamentable que únicamente a los guatemaltecos retornados al país por la vía aérea de Estados Unidos o de otro país del mundo, estén considerados el poder tramitar el Documento Personal de Identificación (DPI), así como la certificación de partida de nacimiento de forma GRATUITA, por parte del Registro Nacional de las Personas (Renap), para los casos en los cuales se considere que la solicitud del DPI, corresponde para realizar el trámite del primer Documento Personal de Identificación, según está establecido en el Acuerdo de Directorio del Renap 8-2021, siendo discriminados los retornados por vía terrestre, lo que es una vergüenza.
La falta de considerar incluir a los retornados vía terrestre en dicho beneficio, constituye una discriminación por años a connacionales retornados por la vía terrestre de no tomarse en cuenta, los que deberían ser considerados también de dicho beneficio, un tema que debió intervenir la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH), así como los miembros de la Comisión del Migrante del Congreso de la República en 6 presidencias, el Consejo Nacional de Atención a Migrantes de Guatemala (Conamigua) o del propio Directorio del Renap.
Al leer el acuerdo citado anteriormente, en su primer artículo estipula otorgarles la EXONERACIÓN DEL PAGO por extender el Documento Personal de Identificación (DPI) y Certificación de Partida de Nacimiento, enfatizando que es EXCLUSIVAMENTE A LOS RETORNADOS POR LA VÍA AÉREA DESDE LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES a Guatemala, lo que constituye una DISCRIMINACIÓN.
Si es tomado como una política nacional de identificación, en la que el Registro Nacional de las Personas (Renap) considera que facilita el exonerar del costo establecido a los inmigrantes guatemaltecos que obviamente en su gran mayoría, no cuentan con dicho documento por los años que han pasado como inmigrantes en el extranjero y carecen de una identificación actualizada, es positivo, ya que es el único documento válido en Guatemala, para realizar diversos trámites civiles y a la vez requerido para aplicar a un trabajo.
CONSTANCIA DE RETORNADO PARA OBTENER DPI
Para realizar el trámite de poder obtener el DPI gratuitamente, el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), le proporciona una constancia al guatemalteco retornado, la que deben presentar en cualquier ventanilla del Renap que se encuentra ubicada en la Fuerza Aérea Guatemalteca, lugar en el que son recibidos en el país, o también pueden realizar la gestión en cualquier oficina de dicha institución a nivel nacional.
Debo enfatizar que las exoneraciones a las que se refiere el Acuerdo 8-2021, NO SON APLICABLES A LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS que brinda el Renap, como lo estipula el artículo 2 del citado acuerdo.
DISCRIMINACIÓN
Es lamentable que se haga una discriminación a los retornados por la vía terrestre de otorgar el DPI, un tema que aun cuando en el directorio del Renap está constituido por parte de un representante titular y suplente del Tribunal Supremo Electoral (TSE); Ministerio de Gobernación (Mingob) por parte del titular de la cartera, quien puede delegar su representación en uno de los Viceministros, mediante acuerdo ministerial y un miembro titular del Congreso de la República, enfatizando que por años no se haya tomado en consideración el otorgar beneficio a retornados por la vía terrestre.
PETICIÓN
Hago un llamado a las autoridades, para considerar incorporar a los retornados por vía terrestre en el beneficio de otorgar el Documento Personal de Identificación (DPI), así como la certificación de partida de nacimiento de forma GRATUITA, y dejar de ser DISCRIMINATORIOS con los inmigrantes retornados vía terrestre, lo que se requiere es tener voluntad política para realizar cambios.







