En caso de deportación de una persona inmigrante, en situación ilegal que viva en Estados Unidos, es importante haber dejado lista una autorización para que una persona residente legal o ciudadano americano, pueda encargarse de sus hijos y manejo de cuentas, con un documento de Carta de Custodia Temporal, cuando el padre, madre o ambos no estén; de ser necesario puedan representarlos, en caso sean deportados de dicho país.

También es recomendable, designar a una persona de toda confianza, que puede ser la misma, con un poder legal para que maneje sus finanzas, decisiones en negocios, utilizar el dinero para pagar la renta o hipoteca, gastos legales o viaje de traslado de sus hijos para con sus padres.

Le recuerdo que también usted debe registrar el nacimiento de sus hijos en el extranjero en el Consulado de su país, si sus hijos nacieron en los Estados Unidos es muy importante realizar el registro del nacimiento, el cual es GRATUITO y con ello podrá  asegurar la asistencia y protección consular a sus hijos, así como los beneficios, inclusive la ciudadanía en el país de origen de los padres y todos los derechos como ciudadano, sin perder la nacionalidad americana.

Considero fundamental que los inmigrantes conozcan el contenido del poder notarial y designación de tutor temporal para menores de edad, el que debe completarse y llevarse ante un notario acompañado de un testigo para la autenticación correspondiente, que no es un costo alto o puede llevarlo a una organización pro inmigrante, que puedan realizarlo. A continuación detallo un ejemplo de poder notarial y designación de Tutor Temporal para su conocimiento:

PODER NOTARIAL Y DESIGNACIÓN DE TUTOR TEMPORAL PARA NIÑO O NIÑOS MENORES DE EDAD

 

Nosotros,__________________________________y__________________

______________________________, (nombre del padre y la madre) de nuestro hijo, ___________________________________ (nombre del hijo o hijos), nombramos y autorizamos a _____________________________ (nombre de la persona designada como tutor) para servir como tutor de la persona y los bienes de nuestro hijo, en cualquier momento en que ninguno de nosotros como padres, esté disponible para ejercer la autoridad prevista en el presente documento.

Si _________________________(nombre del tutor) no puede o no está dispuesto a

servir como tutor de nuestro hijo o hijos, nombramos a ____________________________   (nombre de otra persona tutora) para que sirva como tutor de nuestro hijo en su lugar.

Por la presente autorizamos al tutor a ejercer todos y cada uno de los derechos y responsabilidades hacer todos y cada uno de los actos apropiados para un tutor legal de un menor o menores de edad que incluye, entre otros, lo siguiente:

  1. Educación. Para inscribir a nuestro hijo o hijos en las instituciones educativas apropiadas, para que tenga acceso a los registros académicos de nuestro hijo o hijos, autorizar la participación de nuestro hijo o hijos, en actividades escolares y hacer todas y cada una de las demás decisiones relacionadas con la educación de nuestro hijo o hijos.
  2. Viajes. Para hacer arreglos de viaje en nombre de nuestro hijo o hijos para destinos tanto dentro como fuera de los Estados Unidos de América por transporte aéreo y/o terrestre; para acompañar a nuestro hijo en cualquier dicho viaje, y hacer todos los arreglos relacionados en nombre de nuestro hijo o hijos, incluidos, entre otros, alojamiento en hotel
  3. Atención médica: inspeccionar y divulgar cualquier información relacionada con la salud física y mental de nuestro hijo o hijos, y todas decisiones de atención médica; firmar documentos, exenciones y autorizaciones requeridas por un hospital o médico; autorizar la admisión o el alta de nuestro hijo o hijos en cualquier hospital u otro centro de atención médica (incluida la transferencia a otro centro); consultar con cualquier proveedor de atención médica, dar su consentimiento para la provisión, retención, modificación o retiro de cualquier procedimiento de atención médica, y tomar todas y cada una de las demás decisiones relacionadas con las necesidades de atención médica de nuestro hijo o hijos.

El Tutor puede ejercer cualquiera de estos poderes en cualquier momento en que ninguno de nosotros como padres, esté disponible para ejercer tal autoridad.

Cualquier persona puede tratar con el Tutor confiando plenamente en que este Poder Notarial y Designación de Tutor Temporal para un Menor o menores, no ha sido revocado y que ninguno de nosotros como padres estamos disponibles para ejercer la autoridad provista en este documento, si el Tutor presenta una declaración por escrito a tal efecto.

Fernando Castro

Analista Migratorio guatemalteco. Vice Cónsul de Guatemala y Encargado del Despacho, en el Consulado ubicado en Comitán de Domínguez, Chiapas, México, desde 2018 al 2021. Director de Comunicación Social, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA.

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