Ante la falta de información de orientación a población inmigrante residente en Estados Unidos, por parte de los gobiernos y de las instituciones vinculadas al tema migratorio, he tomado la iniciativa de generar información, para que sea considerada como una sugerencia de acciones a realizar dirigida a inmigrantes en situación irregular o ilegal en general.
Como aporte a la comunidad para realizar orientación, en este caso, sugiero actuar en resguardo de los hijos menores de edad de las personas inmigrantes que viven en dicho país, para evitar que queden en el desamparo, por captura de padres y deportación a sus países de origen.
Se orienta a los padres inmigrantes en situación irregular, que es necesario contar con el Poder legal, para declarar la Patria Potestad de sus hijos menores, un documento que sugiero a las diferentes cancillerías, sea incluida en las páginas web de los consulados, para que puedan ser llenadas con la información que se requiere, descargar y firmar.
Así como se puede enviar por autoridades consulares en forma masiva por correos electrónicos registrados en la misión consular a sus connacionales, entregar a las personas que asisten para realizar trámites en la sede diplomática y publicitar en sus países de origen para que familiares trasladen información.
El Poder Legal para delegar la Patria Potestad de hijos menores de inmigrantes, también conocida como Carta de Poder, es un documento que autoriza en forma temporal a otra persona que sea residente legal o ciudadano americano, a tomar decisiones para beneficio de los hijos menores de edad, en caso sean capturados y deportados los padres a su país de origen.
No debe dejarse a los menores a cargo de otra persona que esté en situación irregular o ilegal, pues puede ser capturada y deportada y quedarían sin protección los menores, se advierte.
La persona escogida de toda confianza de los padres, deberá tener residencia o ser ciudadano americano, será quien asumirá los deberes y obligaciones importantes sobre el cuidado de los menores y tomará las decisiones más adecuadas en todos los campos.
Esta persona designada para el cuidado de los menores, puede ser un pariente o un amigo de la familia, reiterando que sea residente o ciudadano americano, que estará dispuesto a continuar con el cuidado y crianza de los menores de los que se hace responsable de su cuidado, durante el tiempo que estén separados de sus padres.
Si escoge una persona en situación irregular, de ser capturado por autoridades migratorias, los menores quedarán desamparados y a merced de las autoridades de Servicios de Seguridad de Menores DCS, los recojan y se los lleven.
Debo advertir que el poder legal, no es un mandato judicial, y solo tiene una duración de hasta 6 meses, por lo que se debe renovar dos veces al año para que esté vigente.
Con este poder legal para la delegación de la patria potestad de los menores migrantes, cuyos padres han sido capturados y deportados, se permite mantener menores de otra persona en el hogar en forma legal y evitarse problemas.
Existen casos que con poder legal otorgado, a veces no aceptan al menor para poder inscribirlo en otra escuela y a veces no es aceptado el menor para tratamiento médico, ni de emergencia, en un hospital.
Esas funciones generalmente, requieren que la persona tenga el estado de guardián/tutor legal de los menores.
Los pasos para completar el Poder Legal para delegación de la Patria Potestad, son los siguientes:
- Debe llenar el formulario correspondiente que constituye un poder legal para delegación de la patria potestad de los menores a la persona preferiblemente residente o ciudadano americano.
El formulario es válido en cada uno de los condados de los Estados Unidos.
- Debe tener 3 formularios originales del poder legal para delegar la patria potestad de los menores, debiendo ser llevados ante un notario público, acompañados por una persona que pueda servir como testigo del acto.
A veces los notarios buscan ser identificados con la foto de los menores.
Generalmente, los notarios cobran una tarifa baja de unos 15 dólares por sus servicios o pueden solicitar el apoyo en organizaciones pro migrantes, que salga más barato o en el caso si tiene cuenta bancaria, también pueden solicitar el apoyo, generalmente no cobran como alternativas.
- Tanto el encargado como el testigo, deben firmar los formularios del poder notarial en presencia del notario, realizando la certificación.
- Ya con la firma del notario, debe tenerlo junto con los otros documentos necesarios de su Plan Familiar en caso sea capturado por autoridades, tenerlo guardado en un lugar de la casa y en el que pueda ser localizado por cualquier miembro de la familia.
- Es recomendable tener otro expediente de todos los documentos en otro lugar, pudiendo ser un familiar.
- Recomiendo que también puede entregar un expediente completo de la documentación del poder legal a quien fue escogido para realizar el cuidado de los menores en caso de captura y deportación, recordando que debe ser residente o ciudadano americano, de lo contrario, quedarán desamparados sus hijos.
Si es capturado por agentes de ICE, tiene el derecho de realizar una llamada telefónica a quien esté a cargo de sus hijos para que conozca de la situación y avise a la familia y que consigan un abogado migratorio que le asista.
SERIA ADVERTENCIA A PADRES INMIGRANTES CON HIJOS MENORES:
Se advierte que de no realizar un documento que proteja a sus hijos menores, las autoridades realizarán llamada telefónica para que personal de Servicios de Seguridad de Menores DCS, los recojan y se los lleven.
Evite el dolor de perderlos, por no realizar con tiempo, el Poder Legal para delegación de la Patria Potestad del cuidado de sus hijos y autenticarlo ante notario.
NO DEBE PERDERSE MÁS TIEMPO Y ACTUAR EFICAZMENTE POR LOS GOBIERNOS, ANTE EL ANUNCIO DE CAPTURAS Y DEPORTACIONES MASIVAS.