Luis Enrique Pérez

Diputados de dos partidos políticos han propuesto un proyecto de ley para que la pena de muerte, contemplada ya en el Código Penal de nuestro país, pueda ser impuesta a secuestradores, asesinos, parricidas, violadores sexuales y autores de desaparición forzada. Séame permitido exponer, sobre la pena de muerte, algunas tesis.

Primera. La mayoría de ciudadanos guatemaltecos aprueban imponer la pena de muerte a quien comete delitos gravísimos, como el asesinato. Empero, invocar esa mayoría no es precisamente el argumento más idóneo para imponer la pena de muerte. Podría ser solo una minoría de ciudadanos la que aprobara imponerla; lo cual no implicaría que, entonces, no habría que imponerla. Por supuesto, si se suscita una controversia sobre la imposición o no imposición de la pena de muerte, y hasta surge una amenazante oposición extranjera a imponerla, consultar a los ciudadanos sería un recurso idóneo.

Segunda. La pena de muerte no es completamente disuasiva. Es decir, no evita que alguien cometa los gravísimos crímenes que con la imposición de esa pena se pretende castigar. En general, ninguna ley penal puede ser completamente disuasiva; y se cometen asesinatos aunque se imponga la pena de muerte a quienes los cometen, como también se cometen robos aunque se imponga una pena de prisión a quienes los cometen. No es válido, entonces, argumentar que la pena de muerte es inútil porque no evita que se cometan asesinatos, como tampoco es válido argumentar que la pena de prisión por cometer robos es inútil porque no evita que se cometan robos.

Tercera. Confiables investigaciones estadísticas muestran una correlación particularmente entre imposición de la pena de muerte y reducción de asesinatos. Hasta muestran correlación entre moratoria de la imposición de esa pena, y aumento de esos crímenes. Una de las investigaciones fue emprendida por los profesores especialistas en economía del crimen H. Naci Mocan y R. Kaj Gittings, de la Universidad de Colorado. Una de sus conclusiones fue que «cada ejecución adicional reduce entre cinco y seis el número de homicidios; pero tres indultos adicionales aumentan entre uno y 1.5 el número de homicidios.» Estos investigadores opinan que esas cifras «demuestran que la pena de muerte tiene un efecto disuasivo…»

Agréganse dos investigaciones: una investigación de Hashem Dezhbakhsh, de la Emory University, y Joanna Mehlhop Sheperd, de la Clemson University, autores de «El Efecto Disuasivo de la Pena Capital: Evidencia de un Experimento Judicial», cuya conclusión es que la pena de muerte es disuasiva; y una investigación de Roy D. Adler y Michael Summers, de Pepperdine University, quienes mostraron que, en los primeros años de la década del año 1980, cuando la pena de muerte fue nuevamente impuesta en Estados Unidos de América, se redujo el número de asesinatos.

Cuarta. Ninguna autoridad legislativa, judicial o ejecutiva debe tener el poder de otorgar el recurso de gracia a quien ha sido sentenciado a muerte, luego de que se ha cumplido plenamente con el debido proceso judicial. En esta tesis está implícito que ninguna autoridad puede tener el poder de sustituir la pena de muerte por una pena de prisión, aunque fuera prisión vitalicia. La sentencia que dicta el juez debe cumplirse. Precisamente el recurso de gracia puede reducir el efecto disuasivo que pueda tener la pena de muerte.

Quinta. El derecho a la vida no puede ser derecho de quien ha cometido gravísimos crímenes, como el secuestro y el asesinato, y también derecho de quien no ha cometido esos crímenes. Mi opinión es que quien comete crímenes gravísimos, pierde el derecho a la vida. Es indigno de vivir. Es una maldición social que debe ser eliminada. Puede argumentarse que, en el caso de Guatemala, el Estado protege la vida; pero para proteger la vida puede ser necesario que el Estado mismo, es decir, toda la comunidad jurídica de ciudadanos, mediante la legítima autoridad judicial, ordene eliminar a quien ha cometido gravísimos crímenes.

Post scriptum. La pena de muerte, aunque no sea completamente disuasiva, puede contribuir a salvar la vida de decenas o centenas de seres humanos inocentes.

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