Claudia Virginia Samayoa
@tucurclaux
Miguel Ángel Gálvez indica cuando quiere describir la actuación delictiva de quienes están acusados por desaparición forzada en relación con el Diario Militar que: ¡Hasta para ser bandido hay que tener ética! Con esa afirmación trata de describir los niveles de brutalidad de quienes persiguieron a personas que pensaban distinto y disentían del régimen.
Durante las dictaduras militares, la Policía Nacional era un brazo del ejército. Sin embargo, las acciones de persecución realizadas por la policía a las personas que pensaban distinto y disentían del régimen –particularmente aquellas del proscrito Partido Guatemalteco del Trabajo– no se hicieron utilizando la legalidad del momento; sino se crearon estructuras paralelas o cuerpos ilegales que les permitieron ‘acabar’ con quienes disentían.
La creación del Centro de Operaciones Conjuntas (COC) que era el nombre elegante para esconder el traslado de inteligencia y de órdenes ilegales aún para estándares de la época. Denominadas operaciones especiales, las estructuras de inteligencia del Ejército (el Archivo y la G2) coordinaban las operaciones de represión con los cuerpos de investigaciones (judicial) y de operaciones (Comando 6) de la Policía Nacional.
El COC fue el espacio donde, de acuerdo con lo investigado y lo que ha evaluado el juez, se generó la información que terminó en el documento del Diario Militar. Allí la estructura de contrainsurgencia registró nombres, datos y fotos de 183 personas a quienes el régimen señaló de ser miembros del partido comunista proscrito o de algún otro grupo insurgente y ordenó desaparecer.
¿Por qué fueron bandidos? Los policías y militares que participaron en las operaciones de individualización, captura, tortura y desaparición actuaron fuera de la ley porque la Constitución de la época señalaba que cualquier persona que cometiera delito debía ser oída y vencida en juicio. En este caso, los bandidos cometieron no solo delitos sino violaciones de derechos humanos al negar el derecho a un debido proceso.
Las personas que piensan distinto y que disienten del régimen no cometen delito y aún los que le hayan declarado la guerra a un Estado deben ser sujetas a un proceso judicial y no pueden ser asesinadas a menos que mueran en combate. El juez recuerda cómo las personas descritas en el Dossier de la Muerte fueron detenidas y no capturadas en enfrentamiento militar. Así que por donde vean, las personas hoy acusadas y las nombradas, pero no ligadas a proceso aún, son bandidos de cara a la historia; ya veremos si los sentencian.
¿A qué ética se refiere el Juez? La desaparición forzada es una de las violaciones de derechos humanos y delitos más deleznables porque le niega a la familia de la persona detenida un cierre y duelo. La familia no sabe qué pasó y dónde está la persona detenida–desaparecida. No ha muerto, sigue desaparecida. Por eso es un delito continuado y, por ello, están acusados los bandidos. No solo ignoraron toda decencia humana negando un entierro digno, sino castigaron a las familias e incluso asesinaron a defensores de derechos humanos como Rosario Godoy y Héctor Calito del Grupo de Apoyo Mutuo que solo querían saber dónde están los desaparecidos.
Espero que los bandidos sin ética tengan un juicio justo, que le negaron a los cientos que capturaron, torturaron y desaparecieron por pensar distinto y formar parte de un partido político proscrito.