El CIV establece restringir la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio nacional para la Navidad y Año Nuevo. Foto La Hora/Archivo

Este jueves 19 de diciembre, fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 1474-2024, que establece los horarios de circulación para el transporte de carga pesada para las fiestas de fin de año 2024

El acuerdo fue publicado por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), recalando que esta medida será aplicada a nivel nacional.

DÍAS Y HORARIOS

De esa cuenta queda restringida la circulación de los transportes de carga pesada, desde el marte 24 de diciembre a partir de las 12 horas, hasta las 24 horas del miércoles 25 de diciembre.

La medida también será aplicada, el martes 31 de diciembre de las 12:00 horas, el miércoles 1 de enero de 2025, a las 24:00 horas.

El Acuerdo Ministerial señala que se exceptúan de dichos horarios a los transportes de carga pesada que trasladen productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles y grúas, estas últimas por tratarse de un equipo de servicio.

Asimismo, se precisa que debe entenderse por transporte de carga pesada aquel que tenga un peso superior a 3.5 toneladas métricas.

RUTAS DE CIRCULACIÓN PERMITIDAS

El acuerdo también destaca que el transporte de carga pesada que podrá circular únicamente en las siguientes rutas:

Del kilómetro. 290, Carretera CA-09-NORTE, a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios, Izabal. Y las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla en le CA-09-NORTE.

Del kilómetro 80, carretera que conduce a la CA-09-SUR-A, a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104, carretera CA-09-SUR y al kilómetro 11 carretera CA-09-SUR.

De esa cuenta, las autoridades de la Dirección General de Transportes (DGT) deberán colaborar para la aplicación efectiva de referido acuerdo.

PERMISOS DE CIRCULACIÓN

De esa manera, en el artículo 3 de referida normativa se lee que “dado es taxativo el listado de transportes de carga pesada que se exceptúan no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes, siendo suficiente presentar la documentación que ampere el trasladado de los productos”.

Por lo anterior, la DGT habilitó una herramienta para apoyar a los transportistas de artículos perecederos, alimentos, bebidas, combustible o conduces una grúa, para circular durante Navidad y Año Nuevo, facilitando el acceso a un permiso legal de circulación.

Por lo cual tanto las empresas como los transportistas podrán acceder al portal electrónico de la Dirección General de Transportes https://dgt.gob.gt para proporcionar la información pertinente a cada uno de los traslados y obtener el respectivo código QR que podrán presentar a las autoridades reguladoras de tránsito.

Yesica Peña
Periodista con el deber ético de convencer al ciudadano de que necesita informarse correctamente.
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