La situación de la fiscal general, María Consuelo Porras podría ser resuelta por la CC. Foto La Hora/MP

Por G. Ortíz/ D. Gámez
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Dos abogados han advertido que el amparo contra la Comisión de Postulación que busca la inclusión de la Fiscal General, María Consuelo Porras en la nómina final no debería ser conocido por la Corte de Constitucionalidad (CC), en particular porque hay antecedente, después de otorgar el amparo provisional se inhibió a seguir conociendo asuntos que no le competían en primera instancia, convirtiendo su resolución en una “güizachada” que podría repetirse.

Mientras aún no se logran consensos para completar la nómina de aspirantes al cargo de Fiscal General, los abogados Erick Miguel Castillo y Mynor Giovanny Caté presentaron este jueves 21 de abril un amparo ante la CC en contra de la Comisión de Postulación para la Elección de Fiscal General del Ministerio Público (MP).

Los abogados, quienes han sido afines a la alianza oficialista y en el caso de Castillo, también con Roberto López, conocido como el Rey del Tenis, afirman que la nómina fue elaborada de manera arbitraria excluyendo a los candidatos que obtuvieron las mejores calificaciones.

La acción legal también va dirigida contra el presidente Alejandro Giammattei, quien luego de recibir la nómina de seis aspirantes, deberá designar al nuevo Fiscal General para el período 2022-2026.

Como parte de esto, la Comisión debió remitir una respuesta a la CC al darle trámite.

ABOGADOS ADVIERTEN PROCESO QUE DEBIÓ SEGUIR

En alusión al tema, el expresidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), Ovidio Orellana y el Doctor en Derecho Constitucional, Oswaldo Samayoa, expresaron desde sus cuentas de Twitter que la CC no tenía la competente para conocer el amparo sino corresponde a un juez de instancia.

“Al estar aún en manos de la Comisión este (el amparo) debió ser presentado ante juez de instancia, artículo 14 de la Ley de Amparo”, explicó Samayoa.

¿CÓMO RESOLVIERON EN FEBRERO?

En febrero pasado, en un escenario similar la CC advirtió que un amparo, entonces impulsado por Raúl Falla, no era promovido contra actos amenazantes provocados en el ejercicio del cargo del presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), “sino de una posible situación que pueda acaecer en la dirección de las discusiones de la mencionada Comisión”.

Sin embargo, otorgaron el amparo provisional que impidió una posible postulación de jueces que no habían ejercido la profesión de abogado por más de diez años.

 

LUEGO… SE INHIBIERON

La CC, en esa resolución argumentó que “de esa cuenta, esta Corte declara que no es el tribunal competente para conocer del amparo promovido y determina, con base en la literal e) del artículo 14 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que es un Juez de Primera Instancia del orden común el que debe conocer de este amparo”.

Sin embargo, otorgaron amparo provisional mediante el cual se bloqueó la oportunidad de haber ejercido como jueces de postularse para la presente elección de Fiscal General, en donde de los 15 calificados, solo dos lograron superar la nota mínima de 75 puntos.

Los abogados añadieron que al tomar en cuenta que el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia del ramo civil del departamento de Guatemala, ya se constituyó en tribunal por otra acción constitucional promovida por el mismo postulante en la que denuncia la misma amenaza, esa judicatura debía conocer lo reclamado en el nuevo acto.

“Se estima que es este por ser competente, el que debe continuar conociendo del presente asunto, por lo que debe remitírsele lo actuado para tales efectos”, comentaron.

 

NO OBSTANTE, ERA NECESARIA LA PROTECCIÓN INTERINA

Pese a que la CC resolvió que no tenía competencia, se justificó en que no podía “soslayar” el mandato contenido en el artículo 27 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, ordena que en cualquier caso el tribunal que recibe la interposición, en la primera resolución que dicte, aunque no hubiese sido pedido, debe resolver cualquier suspensión provisional del acto, resolución o procedimiento reclamados, cuando a su juicio las circunstancias lo hagan aconsejable”.

En el presente caso y por lo considerado respecto de su competencia y atención a la excepción establecida “estima necesario el otorgamiento de la protección interina en el amparo de mérito y al conocer considera que las circunstancias hacen imperioso, otorgar el amparo provisional solicitado”, se lee en la resolución.

La Corte de Constitucionalidad otorgó un amparo provisional en una situación similar. Foto La Hora / CC

POSPONEN SESIÓN PARA EL SÁBADO

Los comisionados luego de conocer la notificación sobre la petición del amparo que busca el respaldo para Porras, así como en menos de las seis horas que la CC había otorgado para remitir los antecedentes del proceso de elección, solo celebraron una jornada más de votación, con el mismo resultado que ninguno de los cuatro finalistas logró los 10 votos para integrar la nómina final

Posteriormente, por sugerencia de la decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Occidente, Ana Mercedes Suasnávar Palma, quien siempre ha votado en favor de Porras, los comisionados se declararon en sesión permanente y se volverán a reunir el sábado 23 de abril a las 12:00 horas.

 

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