Por: Cristian Velix
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La Fundación Myrna Mack presentó un recurso de apelación ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por la elección de magistrados de Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Apelaciones.
Dicho recurso se plantea en contra de la resolución del Juzgado Décimo Cuarto de Instancia Civil, el cual denegó un amparo a esa fundación, la cual señala que se está incumpliendo con lo establecido en la Ley de la Carrera Judicial para la selección de las nuevas autoridades judiciales.
Según la Fundación, de la normativa mencionada, se está omitiendo el Artículo 76, que detalla que el Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) debe remitir a las Comisiones de Postulación los expedientes de los jueces y magistrados que deseen integrar la CSJ o alguna Corte de Apelaciones, los cuales se debe acompañar con su respectiva evaluación de jueces.
No obstante, la judicatura aludida declaró sin lugar el amparo que ahora se apela en la CC, aduciendo que dicha acción no tiene materia legal y es improcedente, por lo que resolvió que se continuará con el proceso de elección de magistrados, sin necesidad de cumplir con lo señalado en el Ley de la Carrera Judicial.
Sin embargo, la entidad presidida por Helen Mack manifiesta que el fallo de esa judicatura no fue resuelto conforme a derecho, por lo que solicita a la CC que declare con lugar el recurso de apelación y que en tres meses se de cumplimiento a lo requerido.
Entre lo solicitado está que el CCJ emita un reglamento transitorio para hacer las mediciones de desempeño de los integrantes de la carrera judicial, necesarias para continuar con el proceso de elección de los magistrados judiciales, sin perjuicio de que el Consejo deje de cumplir en un largo plazo con la realización del Reglamento de la Ley de la Carrera Judicial, con base al cual deberían hacerse las evaluaciones, pero que aún no está vigente por falta de aprobación de la máxima corte del Organismo Judicial, debido a diversas falencias.
Asimismo, la FMM requiere que la CSJ provea los recursos necesarios para la implementación del reglamento respectivo y la evaluación correspondiente. Por ahora, la CC deberá decidir si le da trámite a dicha petición y si ampara en definitiva a la Fundación o por el contrario confirma lo decidido por el Juzgado de Instancia Civil.