Por Cristian Velix
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Rodrigo Arenas y Andrés Botrán fueron amparados provisionalmente por la Sala Primera de Mayor Riesgo, que dejó en suspenso la resolución de la jueza Erika Aifán, a cargo del Juzgado de Mayor Riesgo “D”, quien los había enviado a juicio por supuesto financiamiento electoral no registrado al partido FCN-Nación.
Según la defensa, la acusación del Ministerio Público (MP) contraviene al debido proceso, ya que el delito de financiamiento electoral no registrado no existía en 2015, cuando presuntamente coordinaron y ejecutaron de manera anónima aportes al mencionado partido político.
De esa forma, la defensa argumenta que la jueza se extralimitó al enviar a juicio a los señalados. La decisión de la Sala Primera de Mayor Riesgo detiene la apertura a juicio, determinada por la togada.
Rodrigo Arenas, uno de los sindicados, confirmó la resolución de la Sala y manifestó que solicitaron el amparo debido a que fue violado su derecho de defensa y porque la jueza lo envió a juicio por un delito retroactivo que no existía cuando supuestamente se cometieron los hechos.
REFORMA
Mediante el decreto 23-2018 el Congreso de la República reformó el 18 de octubre el Artículo 407 “N” del Código Penal, que establece que es delito si una persona individual o jurídica reciba o autoriza recursos destinados a actividades electorales a sabiendas que estas provengan del crimen organizado.
Junto a dicha disposición se agregó el Artículo 407 “O”, que estipula el financiamiento electoral no registrado, en cuya descripción manifiesta que se tipifica por este delito a quien consienta o reciba aportaciones con motivos electorales y no se reporte en su registro contable.
INVESTIGACIÓN
Una investigación del MP y la Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICIG), señala que en el 2015, personas particulares y del partido FCN-Nación crearon un mecanismo alterno para el pago de fiscales, los cuales fueron financiados aproximadamente por Q8 millones que no fueron reportados al Tribunal Supremo Electoral (TSE).