Juan Francisco Solórzano Foppa pide inscribir a los comités cívicos; Leopoldo Guerra del Registro de Ciudadanos dice que eso ya no es posible. FOTO LA HORA/JOSÉ OROZCO

Por Eder Juárez
ejuarez@lahora.com.gt

El exintendente de Administración Tributaria, Juan Francisco Solórzano Foppa, pidió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) inscribir a los comités cívicos que aún no lo están para participar en la contienda electoral, ya que de acuerdo con Foppa, los comités cívicos tienen hasta el 17 de abril para requerir su inclusión en el proceso electoral.

Foppa explicó que el primer atropello legal fue la convocatoria a elecciones de parte del TSE, en la cual se fijó el 17 de marzo como perentorio para los comités cívicos, lo cual es contrario a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), asegurando que establece en su artículo 108 un plazo de 60 días antes de las elecciones, “es un plazo que se debe cumplir”, dijo.

De acuerdo con el decreto de convocatoria, el TSE normó que la inscripción de los comités cívicos vencía el pasado 17 de marzo, noventa días antes de las elecciones. Foppa aseguró que ya la Corte de Constitucionalidad determinó que el artículo 108 de la LEPP está vigente, debe ser respetado y no podía ser modificado por el Congreso de la República.

Por tal razón, cuatro comités cívicos exigieron al TSE aplique lo establecido en la Ley Electoral en el artículo 108, también pidieron a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y a la Corte de Constitucionalidad (CC), que las acciones de amparo que lleguen a su conocimiento sean resueltas con la celeridad con las que han resuelto los casos referidos al proceso electoral.

NO PUEDEN SER INSCRITOS

Por su lado, Leopoldo Guerra, titular del Registro de Ciudadanos, indicó que ya no es permitida la inscripción de los comités cívicos, ya que la convocatoria dice que el 17 de marzo finalizó el plazo para ese proceso, a menos que haya un recurso o una orden de Juez.

Agregó que no hay una contradicción en la Ley Electoral, sino una mala interpretación. “Cuando se reformó la Ley Electoral en 2016 se creó el articulo 196 el cual se reformó, ahí se establecen las etapas del proceso y dice en el segundo párrafo que la etapa de inscripción de candidatos finaliza 90 días antes de las elecciones y las elecciones son el 16 de junio según el decreto de convocatoria, es decir que la inscripción de candidatos para todos los niveles de partidos políticos y comités cívicos finaliza 90 días antes, es decir 17 de marzo”, explicó.

Además, indicó que por aparte en la Ley antes de la reforma existe el artículo 108 que dice que los comités cívicos tendrán como plazo para inscribirse hasta 60 días antes de la elección, eso quiere decir 17 de abril, pero la norma que se reformó es posterior, argumentó Guerra.

“De conformidad con la Ley del Organismo Judicial, las normas posteriores derogan a las anteriores, a veces se hace de forma expresa, que la misma reforma hubiera dicho se queda sin efecto cualquier artículo que contradiga esto o simplemente es una reforma tacita”, manifestó Guerra.

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