POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Los cinco empresarios sindicados de financiamiento electoral ilícito no registrado al partido oficial FCN-Nación llegaron a un acuerdo de criterio de oportunidad con el Ministerio Público (MP), informó la Fiscalía de Delitos Electorales en la audiencia realizada en el Juzgado D de Mayor Riesgo, a cargo de la jueza Érika Aifán. No obstante, la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) mostró su desacuerdo con esa medida.

Durante la audiencia, la CICIG manifestó su desacuerdo que los empresarios Salvador Paiz del Carmen, Felipe Bosch Gutiérrez, José Fraterno Vila, José Guillermo Castillo y José Miguel Torrebiarte Novella, quienes fueron ligados a proceso por financiamiento electoral ilícito, solventaran su situación mediante un criterio de oportunidad.

El MP había hecho este requerimiento como una “medida desjudicializadora”. El fiscal Rafael Curruchiche, de la Fiscalía de Delitos Electorales, argumentó que, luego de que se reformó el delito de financiamiento electoral ilícito y entró en vigencia el financiamiento electoral no registrado, tipificado en el 407 “O” del Código Penal, era viable otorgar el criterio de oportunidad.

Además, Curruchiche dijo que los sindicados colaboraron con la Fiscalía aportando diversos documentos que permitieron culminar con la investigación.

La Fiscalía pidió que a cambio del criterio de oportunidad los acusados fueran obligados a impartir capacitaciones regionales en temas electorales y a pagar un monto aproximado de Q5 millones (entre todos) al Tribunal Supremo Electoral.

CICIG SE OPONE
El mandatario de la CICIG, Leopoldo Zeissig, se opuso al criterio de oportunidad, ya que consideró que la conducta de los empresarios no solo atentó contra el orden institucional, sino también contra el proceso electoral.

Zeissig dijo, además, que en este caso existe un daño grave debido a que se vulnera el principio de pureza del proceso electoral. Sin embargo, el artículo 25 del Código Procesal Penal establece que el criterio de oportunidad se puede aplicar únicamente cuando no se hubiere afectado gravemente el bien jurídico.

«No existen condiciones (para el criterio de oportunidad)» indicó el mandatario de la CICIG.

Asimismo, en su cuenta de Twitter la CICIG hizo la observación que, en su momento, el MP valoró “oportunamente como daño grave las acciones de los sindicados al momento de imputar” y luego acusar.

CONTRADICCIÓN DE LA PGN

En tanto, la Procuraduría General de la Nación (PGN), por medio de su representante, también se opuso al criterio de oportunidad y pidió el sobreseimiento del caso, a favor de los empresarios sindicados.

Como parte de su argumentación, la PGN dijo que no existe ningún delito que atribuir en contra de los empresarios, por lo que no se puede aplicar al criterio de oportunidad porque ello conllevaría una aceptación expresa de un ilícito que no se cometió.

Sin embargo, al mismo tiempo, el representante de la PGN dijo que se vulneraron sus derechos porque, cuando el MP acordó el criterio de oportunidad con los empresarios, no se le citó para escuchar su opinión en su calidad de víctima.

Sobre este reclamo, tanto la jueza Aifán como los abogados defensores advirtieron que el mandatario de la PGN estaba contradiciéndose porque, por un lado, afirmaba que no existió delito, pero, por el otro, manifestaba sentirse agraviado porque como “víctima” se le vedó el derecho de opinar sobre el criterio de oportunidad.

“De verdad que no logro entenderlo (al representante de la PGN), señora jueza. Trato la manera de llegar a esta comprensión, pero no puedo. Él mismo dice que no existe ese delito, él mismo dice que ni siquiera se tuvo que iniciar el presente proceso, pero sí dice que hay un agravio…”, dijo el abogado Mario Castañeda, defensor de José Miguel Torrebiarte Novella.

DEFENSA

Por su parte, todos los abogados de la defensa le solicitaron a la jueza que aceptara el criterio de oportunidad requerido por el fiscal Curruchiche al considerar, en primer término, que los hechos imputados no eran graves.

Al cierre de esta edición, la jueza Aifán concedió un receso y aún no había resuelto si aceptaba o no el criterio de oportunidad. Después del mediodía la audiencia se retomó, aquí puedes ver qué resolvió la juzgadora.

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