Juan Francisco Sandoval, jefe de la FECI, informó que fueron notificados de la resolución hoy. Foto La Hora

POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ya notificó los argumentos por los cuales decidió rechazar in límine el antejuicio contra la candidata presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Sandra Torres, y cuatro diputados de esa agrupación.

Uno de los argumentos de la CSJ fue que el inciso “O” del artículo 407, que regula el financiamiento electoral no registrado, entró en vigencia el 6 de noviembre de 2018, por lo que no puede ser imputado a Torres y a los diputados porque los hechos sucedieron en 2015.

La resolución contó con los votos disidentes de las magistradas María Eugenia Morales y Delia Dávila. La magistrada Silvia García emitió un voto en contra parcial ya que estaba de acuerdo con que se rechazara in límine el antejuicio contra los diputados, pero no el de Torres.

Además de Torres, también se rechazó in límine el antejuicio contra los congresistas de la UNE, Joaquín Flores, Karina Paz, Jorge Vargas y Julio Ixcamey.

La FECI informó que presentará un amparo para revocar esta resolución.

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