POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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El abogado Raúl Falla, representante de la organización Guatemala Inmortal, solicitó públicamente al Congreso de la República que no acate el amparo provisional de la Corte de Constitucionalidad (CC) que ordena cesar el trámite de antejuicio contra tres magistrados de la CC ya que, según él, es ilegal. Expertos consultados consideran que estas declaraciones constituyen delitos como instigación a delinquir o apología del delito.
“Hoy, como Guatemala Inmortal, estamos aquí con el objeto de decirle a los diputados del Congreso de la República y a los que conforman la Comisión Pesquisidora que esa resolución emitida es ilegal e ilegítima, antiética también, y que deben promover todas las acciones jurídicas administrativas necesarias para no acatarla porque está fundada en prevaricato flagrante”, dijo Falla ante los medios de comunicación.
El abogado dijo que está de acuerdo con que nadie puede ser perseguido penalmente por sus opiniones, pero aseguró que los magistrados sí son responsables por los fallos “ilegales” que emiten.
MAGISTRADOS OPINAN EN SUS FALLOS
Ayer, en el amparo provisional que se otorgó provisionalmente al Procurador de los Derechos Humanos, la CC razonó que las opiniones de los magistrados constitucionales se vierten en las resoluciones que emiten, por lo que, de acuerdo con el artículo 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, no pueden ser perseguidos penalmente.
Lo anterior lo sustentaron los magistrados que integraron el pleno en resoluciones que ha emitido la CC en años anteriores en los expedientes 313-95, en los expedientes acumulados 358-2004 y 438-2009 y en el expediente 1904-2004.
“Una de las formas en las que un magistrado de lo constitucional expresa su opinión es al respaldar con su firma el criterio vertido en la emisión de una resolución (…) no incurren en infracción de esa naturaleza (delictiva) los funcionarios que expresen su opinión en las resoluciones que se dicten”, dice el fallo del expediente 313-95 que ayudó a fundamentar el amparo provisional de la CC ayer.
EXPERTOS
Javier Monterroso, magíster en derecho constitucional y exsecretario general del MP, considera que las declaraciones de Falla en el Congreso constituyen una instigación a delinquir.
“El artículo 394 establece la instigación a delinquir como un delito perseguible de oficio por el Ministerio Público, entonces esta conducta que él (Falla) está realizando encuadra perfectamente en el tipo penal. Decirle a un órgano del Estado que no acate una resolución que emana por un órgano judicial es decirle al Congreso que cometa el delito de desobediencia”, dijo Monterroso.
Oswaldo Samayoa, profesor e investigador en derechos humanos, afirma que debería haber una exhortación del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala a los profesionales del derecho a no hacer declaraciones que atenten contra resoluciones judiciales.
“Esto (las declaraciones de Falla) va en contra del Juramento profesional, hemos jurado profesionalmente cumplir con el derecho y acatar las resoluciones judiciales”, dijo.
Samayoa considera que las declaraciones del representante de Guatemala Inmortal encuadran en el delito de apología del delito, que consiste en la acción de justificar o hacer parecer que acciones prohibidas por la ley son válidas, explicó.