Licenciado Marroquín:
El motivo de la presente es hacer uso del derecho de respuesta que me asiste en virtud del titular publicado el día 21 de enero del año en curso, que dice “Dina Ochoa cancela pleno atrasando amparo” en la que fui personalmente aludida. Lo anterior, lo fundamento en el artículo 35 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los artículos 22, 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Emisión del Pensamiento.
La columna de mérito cita: “Para hoy existía la posibilidad de que la Corte de Constitucionalidad (CC) resolviera los amparos que fueron interpuestos en contra de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que admitió para trámite el antejuicio contra tres magistrados titulares. Sin embargo, la magistrada Dina Ochoa canceló el pleno convocado para hoy”.
Para darle respuesta a lo anterior cabe mencionar que para hoy, lunes 21 de enero de 2019, se tenía programado conocer la agenda de sesión plenaria, convocada desde la semana pasada, que incluía los siguientes asuntos: 31 ponencias de sentencias en agenda ordinaria, 22 proyectos de autos de viabilidad, 220 autos de incidencias procesales y 5 autos de agenda extraordinaria (278 casos en total). Hoy, en horas de la mañana, los Magistrados Titulares Bonerge Amílcar Mejía Orellana, Gloria Patricia Porras Escobar y José Francisco De Mata Vela, informaron a la Secretaría del Pleno del Tribunal su ausencia temporal en las labores jurisdiccionales previamente convocadas, razón por la que decidí suspender la sesión plenaria programada; lo anterior, en atención a que, para el estudio responsable de cada uno de los casos a conocer, los Magistrados y Magistradas suplentes han contado siempre con un tiempo prudencial para imponerse de las actuaciones procesales correspondientes.
Como le he reiterado en diversas oportunidades, por medio de los derechos de respuesta que oportunamente he presentado ante el medio de comunicación que usted dirige -muchos de los cuales no han sido publicados- jamás he intentado ni intentaré retrasar el conocimiento de ninguno de los casos que son sometidos al conocimiento y decisión de este Tribunal. En esos términos, los señalamientos esgrimidos en la nota de mérito, resultan ser inexactos, falsos y tendenciosos, como he hecho notar en ocasiones anteriores. Es preocupante que un medio de comunicación de alto prestigio publique notas de prensa (en mi caso, de forma reiterada), sin previamente realizar la investigación periodística de rigor.
Por los motivos reseñados, consciente de la forma en que he desarrollado mi trayectoria profesional y personal a lo largo de mi vida, solicito que se publique y difunda el presente texto en la edición impresa y digital del vespertino La Hora, con el mismo formato de la nota antes mencionada.
Sin otro particular, me despido atentamente, no sin antes reiterarle las muestras de apoyo al trabajo que diariamente realizan en resguardo de la libertad de expresión.
Atentamente,
Dina Josefina Ochoa Escribá
Presidenta