Guatemala carece de registros para identificar la cantidad de muertes violentas que ocurren con arma de fuego legal e ilegal, a pesar de que las cifras son alarmantes, ya que del año 2009 a 2018 se han documentado 22 mil 028 fallecimientos por heridas de arma de fuego, mientras que en ese mismo período se han concedido 717 mil 368 tenencias de arma de fuego y 317 mil 938 licencias de portación de arma. Además se ha capturado a 21 mil 341 personas por portación ilegal de arma de fuego.

POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

El Ministerio Público (MP) informó que del 22 de abril de 2009 al 27 de septiembre de 2018, hubo 22 mil 028 muertes por heridas de arma de fuego, sin embargo, el ente investigador señaló por medio de su Unidad de Información Pública que los datos se generaron de forma general, dado que el Sistema Informático de Control de la Investigación del MP (Sicomp) no registra si el arma con que se cometieron esas muertes fueron con arma ilegal o no registrada. (Lea el recuadro Muertes por arma de fuego).

La información fue requerida a partir del 22 de abril de 2009, día en que entró en vigencia el Decreto 15-2009 Ley de Armas y Municiones. La intención era saber cuántas muertes por arma de fuego han ocurrido con arma de fuego legal o no registrada.

Por esa razón, también se consultó al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que respondió por medio de la Unidad de Información Pública de forma similar: “Referente a información de cuántas de esas muertes (de abril de 2009 a septiembre de 2018) ocurrieron por arma de fuego ilegal o no registrada, no se cuenta con ese registro dentro de nuestros archivos”, se indicó.

Jordán Rodas, Procurador de los Derechos Humanos (PDH), consideró preocupante la ausencia de datos en este tema, por otro lado señaló que se debe establecer si existe transparencia para conceder las licencias de tenencia y portación de armas.

“La falta de datos es preocupante y se debe establecer si hay mecanismos transparentes en cuanto a la autorización del uso de armas. Somos una sociedad en la cual mucha población se arma cuando esto tendría que ser responsabilidad del Estado, pero esto es producto -de que- la gente no se siente resguardada por las autoridades, por eso incrementa el afán de comprar armas”, indicó Rodas.

TENENCIAS Y LICENCIAS DE PORTACIÓN

Algunas entidades de seguridad afirman que la mayoría de delitos contra la vida ocurren con armas ilegales, sin embargo, no hay datos que sustenten esa teoría.

La tenencia de armas ampara a una persona como propietaria de un arma registrada ante la Dirección General de Control de Armas y Municiones (Digecam), mientras que la licencia permite a un usuario portar un arma de fuego en cualquier parte del país; para tener una licencia es necesario obtener una tenencia, es decir una es complemento de otra, según el Ejército.

Por otro lado, la Ley de Armas y Municiones no establece un límite de licencias de tenencias y portación de arma de fuego, por ello una persona podría tener hasta 100 armas sin ninguna restricción.

“La Ley de Armas y Municiones en vigencia no regula en ningún lado el número de armas que se puedan registrar, ni el número de licencias que puedan portar”, explicó Oscar Pérez, jefe de Prensa del Ejército.

Incluso, en la misma Constitución Política de la República en el artículo 38, se establece que la “tenencia y portación de armas” es un derecho.

La normativa literalmente refiere: “Tenencia y portación de armas. Se reconoce el derecho de tenencia de armas de uso personal, no prohibidas por la ley, en lugar de habitación. No habrá obligación de entregarlas, salvo en casos en los que fuera ordenado por juez competente. Se reconoce el derecho de portación de armas, regulado en la ley”.

De acuerdo con la Unidad de Información Pública del Ministerio de la Defensa (Mindef), del 22 de abril de 2009 al 27 de septiembre de 2018, ha extendido a través de la Digecam, un total de 717 mil 368 tenencias de arma de fuego. (Lea el recuadro Tenencias y licencias de portación de armas), la mayoría de tenencias son para: pistolas, 382 mil 113; escopetas, 171 mil 988; rifles, 78 mil 447; revólveres, 76 mil 237; carabinas, 6 mil 418, entre otros.

En el mismo período de tiempo también concedió 317 mil 938 licencias de portación de arma de fuego que corresponden a 446 mil 552 armas (en cada licencia se pueden amparar tres armas de fuego). Las licencias que se demandan principalmente, son para: pistola, 330 mil 343; escopeta, 59 mil 287; rifle, 30 mil 306; revólver, 23 mil 906; carabina, 2 mil 229.

En tanto, el Mindef indicó que las evaluaciones que se demandan para obtener una primera licencia de portación están reguladas en el Reglamento de la Ley y ordenan: aspectos básicos de la Ley de Armas y Municiones, medidas de seguridad con las armas de fuego, aspectos técnicos del funcionamiento de las armas de fuego, uso de las armas de fuego y evaluación psicológica.

El PDH refirió que esta Ley debe revisarse y analizarse para determinar si es necesario que el Congreso realice una reforma.

DETENIDOS E INCAUTACIONES

En tanto, la Policía Nacional Civil (PNC) registró que del 1 de abril de 2009 al 31 de agosto de este año, ha capturado a 21 mil 341 personas por portación ilegal de arma de fuego, la mayoría son hombres. (Lea el recuadro (Personas capturadas por portación ilegal).

Además, ha incautado más de 42 mil armas de fuego, entre las que sobresalen: 26 mil 08 pistolas, 7 mil 119 revólveres, 3 mil 956 escopetas, 2 mil 943 armas hechizas, 1 mil 521 rifles, 329 fusiles AK-47, 101 mini uzis, 116 fusiles M-16, 66 carabinas, 329 fusiles galil, 8 fusiles fail, 157 subametralladoras y 96 fusiles AR-15 (Lea el recuadro Armas incautadas).

¿POR QUÉ LOS REGISTROS?

Carmen Rosa de León, del Instituto de Enseñanza para el Desarrollo Sostenible (Iepades), demandó una coordinación entre las entidades involucradas en este tema. Agregó que desde la organización que representa han hecho esfuerzos para crear una unidad de apoyo a la PNC, el MP y el Organismo Judicial, con el fin de identificar las armas que circulan en el país, el tráfico y el registro. Asimismo se tiene coordinación con la Digecam porque hay una base de datos espejo en la PNC y en Digecam, indicó.

“Excusa no debería haber para tener la identificación de las armas y en este caso el MP que debe dar seguimiento a las investigaciones y dirigirlas, tiene la información necesaria para saber cuántos hechos se cometen con arma ilícita y cuántos con lícita. En administraciones pasadas han identificado armas que se han cometido delitos, armas que supuestamente estaban almacenadas, retiradas en la Digecam y sin embargo se han cometido estos -hechos-, por eso también la insistencia que se proceda a destruir las armas que están almacenadas y que en teoría no tendrían que estar en circulación”, indicó la entrevistada.

De León refirió que hubo reformas a la Ley de Armas y Municiones para regular las licencias de portación y tenencias, pero después nuevamente hubo cambios y por eso no existe límite para conceder armas. Mientras tanto, el año pasado, el Congreso “rescató”, el registro con declaración jurada, que permite legalizar un arma.

“Con la declaración jurada se puede desregistrar un arma. Yo puedo llegar y decir que esta arma la encontré en mi casa o mi papá la heredó, entonces la registro. La declaración jurada solo consiste en que alguien de fe notarialmente de que esa arma me pertenecía a mi o a mi familia, cualquiera podría registrar un arma”, lamentó la representante de Iepades.

La profesional señaló que hay preocupación por la facilidad en la circulación de armas de fuego y por ello debería haber control. Agregó que el Estado tiene herramientas e instrumentos para hacerlo, lo que ignora es si hay voluntad.

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