POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Durante la audiencia de primera declaración de la segunda fase del Caso Construcción y Corrupción la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) concordaron en que las reformas al 407 “N”, que regula el financiamiento electoral ilícito, no liberan de responsabilidad a las personas que han sido sindicadas por este delito en los tribunales.

La jueza de Mayor Riesgo “D”, Erika Aifán, convocó hoy a la audiencia en la que resolvería si ligaba a proceso a 14 personas sindicadas. Dos de los sindicados, José René González Campo, expresidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) y Óscar Guerra Villeda, fueron imputados por el delito de financiamiento electoral ilícito antes de que el Congreso lo reformara.

Debido a esto, previo a resolver, la jueza Aifán le concedió la oportunidad a la FECI para que se pronunciara sobre las reformas que realizó el Congreso. Sin embargo, la Fiscalía reafirmó su petición de que los sindicados fueron ligados por financiamiento electoral ilícito tal y como estaba vigente el delito en 2011, año en que presuntamente Campo y Villeda cometieron los hechos delictivos.

Asimismo, el fiscal Carlos Vides mencionó que, si eventualmente los imputados son condenados, ellos podrían invocar la pena, ya sea del artículo 407 “N” o 407 “O”. Este último artículo fue creado con las reformas y tipifica el financiamiento electoral no registrado, el cual tiene una pena de 1 a 5 años conmutables.

Por su parte, la abogada de la CICIG añadió a la petición de la Fiscalía que las conductas reprochadas a González Campo y Villeda no fueron “despenalizadas” por la ley, por lo que ninguno podría quedar fuera del proceso penal.

La jueza no otorgó la palabra a los abogados defensores debido a que, en audiencias anteriores, ya se habían pronunciado por las reformas y solicitado también la falta de mérito.

INICIA A RESOLVER

Al cierre de esta edición, la jueza estaba explicando a los sujetos procesales el análisis de su fallo, pero aún no había dado a conocer si ligaría o no a proceso a los sindicados.

La jueza únicamente advirtió que declararía la falta de mérito a favor de la sindicada María José Pepió Pensabene por el delito de lavado de dinero u otros activos, porque la Fiscalía había incurrido en “omisiones” al momento de realizar la imputación.

Aifán aclaró que durante esta etapa del proceso aún no se resolverá sobre la inocencia o culpabilidad de los imputados, sino únicamente se analizará si existen indicios racionales que permiten considerar que los sindicados participaron en los hechos que se les reprochan.

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