POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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El diputado Juan Ramón Lau presentó una querella penal contra la exfiscal general, Thelma Aldana, por calumnia e injuria debido a señalamientos que ella hizo en contra de él en un canal de televisión internacional, según dijo el congresista ayer en Torre de Tribunales.
No obstante, el Código Penal establece que estos dos delitos no pueden ser aplicables cuando la “ofensa” se dirija a un funcionario público.
El artículo 169 del Código Penal establece que “solo pueden ser perseguidos por la acusación de la parte agraviada los delitos de injuria, calumnia o difamación, salvo cuando la ofensa se dirija contra un funcionario, autoridad pública o instituciones del Estado”.
Andy Javalois, consultor de la Fundación Myrna Mack, indicó que existe esa categorización que no solo se desprende del Código Penal sino también de una consideración doctrinaria que subyace vinculada con la libertad de expresión.
Según Javalois, “en las democracias republicanas como la nuestra la posibilidad de generar espacios de crítica dirigidas a quienes están en la cuestión pública es significativa” y esto está vinculado a la libertad de expresión.
Lau dijo que la querella se presentó porque el 2 de noviembre Aldana dijo en “un canal internacional” que él había sido señalado por sus excompañeros de trabajo del Organismo Judicial de haberse “agenciado millones de quetzales” en la negociación de un pacto colectivo.
Sin embargo, Aldana no presentó pruebas de sus señalamientos, dijo Lau, por lo que considera que se dañó su honor.