POR HEDY QUINO
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Mañana entrarán en vigencia las reformas al financiamiento electoral, decreto 23-2018, después que el presidente Jimmy Morales sancionara las reformas para que estas sean publicadas en el diario oficial.
Por esta situación el Registro de Ciudadanos (RC) del Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que los procesos de cancelación de los partidos políticos Encuentro por Guatemala (EG), Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación) y Unión del Cambio Nacional (UCN) continúan su curso.
El director del Registro, Leopoldo Guerra, afirmó que las nuevas modificaciones al artículo 407 N del Código Penal no afectarían «en nada» a los casos antes mencionados.
«Nosotros no estamos tratando con los delitos de financiamiento electoral ilícito, sino estamos tramitando procesos de cancelación por infracción a normas del financiamiento», explicó Guerra.
«Entre las normas del financiamiento se encuentran la del financiamiento electoral no reportado o anónimo, las sanciones para estas faltas son de tipo administrativo y van en contra de las agrupaciones políticas, no en contra de personas», detalló.
MP EVALÚA CASOS DE FINANCIAMIENTO ELECTORAL ILÍCITO
Por otro lado, la Fiscalía de Delitos Electorales del Ministerio Público (MP) analiza cada uno de los casos por financiamiento electoral ilícito, para determinar si los nuevos cambios al artículo 407 N del Código Penal les afectarán.
El jefe de la Fiscalía, Oscar Schaad, informó que “la Fiscal General nos instruyó para que en cada caso se realice un análisis de acuerdo a las circunstancias del mismo, ya que cada caso es diferente. Además que procesalmente en su momento se deberá hacer los pronunciamientos ante las judicaturas que llevan el control de los mismos”.
DIPUTADOS SEÑALADOS SE PRONUNCIAN
Por su parte, el diputado Orlando Blanco, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), dijo que el MP deberá reformular si amerita o no continuar con algunos casos.
Entre tanto, la legisladora de EG Nineth Montenegro, indicó que el caso que enfrenta se trata de faltas administrativas y no de tipo penal.
CAMBIOS AL 407 N
El Congreso aprobó reformar al financiamiento electoral ilícito, contemplada en el artículo 407 N, del Código Penal. Entre las modificaciones se crea el inciso O), en el que se tipifica el delito de financiamiento electoral no registrado.
Con la modificación que aprobó el pleno, el delito de financiamiento electoral no registrado se castiga con una pena de uno a cinco años de prisión. Y el delito de financiamiento electoral ilícito con cuatro a doce años de cárcel, esto “a sabiendas que dichos aportes provienen del crimen organizado”.