POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt
Por mayoría, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó una casación que presentó el Ministerio Público (MP) con el cual buscaba reabrir el proceso penal por adopción irregular contra la canciller Sandra Jovel.
De tal cuenta, la CSJ confirmó que Jovel no debe enfrentar proceso penal por el delito de adopción irregular.
Los magistrados que dieron su voto para rechazar el recurso de casación fueron: Ranulfo Rafael Rojas Cetina, Patricia Valdés y Nery Medina. Por su parte, la magistrada Delia Dávila fue la única que votó a favor de reabrir el caso.
El pasado 27 de agosto de 2017, el Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal cerró el proceso penal a favor de Jovel y ordenó el cese de la persecución penal.
Posteriormente, la Fiscalía contra la Trata de la Personas impugnó la resolución del Juzgado. Sin embargo, por mayoría, la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones rechazó la impugnación. En esa ocasión, la magistrada Zonia de la Paz Santizo votó en contra.
Ahora, la Fiscalía aún puede impugnar la resolución de la CSJ ante la Corte de Constitucionalidad.
CASO
Según la investigación, en julio de 2010 Jovel pactó con la primera de un juez de turno, Dominga Lissette Ordóñez Saenz, (amiga de Jovel) que le fuera otorgada la tutela de un niño recién nacido que había sido abandonado en un sanatorio.
Sin embargo, la actual canciller no estaba registrada en la Secretaría de Bienestar Social para adoptar el niño.
Por tal motivo, el niño fue entregado a un albergue temporal y, en noviembre de 2010, el Juzgado de la Niñez otorgó la tutela a Ordóñez Sáenz y Mynor Edgardo Quintana. Sin embargo, en febrero de 2012 se determinó que el niño nuevamente estaba bajo el cuidado de Jovel, por lo que fue rescatado por la Procuraduría General de la Nación.
AMPLIAREMOS