Por Sonny Figueroa
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Luego de que se presentara una iniciativa de ley que pretende modificar la tipificación del delito de financiamiento electoral anónimo y otorgar penas conmutables a los que cometan la ilegalidad en su modalidad de “anónimo”, los diputados del Frente Parlamentario por la Transparencia, el Ministerio Público (MP) y Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) rechazaron la propuesta.

En conferencia de prensa, los diputados del Frente Parlamentario rechazaron la iniciativa que pretende beneficiar a los sindicados del delito de financiamiento electoral ilícito y explicaron que con este se espera un nuevo Pacto de Corruptos.

“Mostramos nuestra preocupación de que se pueda producir un escenario similar al del 13 de septiembre del año pasado, en donde se pretendió consolidar un pacto de protección a la corrupción. La propuesta no tiene el apoyo de la Comisión Extraordinaria y desde nuestra perspectiva está destinada a favorecer personas vinculadas a procesos electorales y que tienen procesos legales abiertos”, dijo el diputado Enrique Álvarez.

La iniciativa de ley presentada por los diputados Moisés Castañón y Estuardo Galdámez de FCN-Nación, y Óscar Argueta (UNE), integrantes de la Comisión Extraordinaria, pretende modificar la tipificación (haciendo necesario que haya acuerdo previo) y castigar el financiamiento electoral anónimo y no registrado con penas de uno hasta cinco años de prisión, lo que las convierte en penas conmutables.

La comisión que elaboraría esta iniciativa se reunió por más de un mes y se analizaron diversas propuestas, desde las que pretendían castigar ese delito con penas conmutables hasta las que penan esas conductas con 12 años de cárcel. Sin embargo, de manera sorpresiva ayer fue presentado el proyecto, firmado por tres de catorce diputados que integran esa sala de trabajo.

LA CC NO LLAMÓ A LEGISLAR PROCURANDO IMPUNIDAD

El secretario de política criminal del Ministerio Público (MP), Rotmann Pérez, criticó la iniciativa de ley y señaló que ese proyecto promueve la impunidad.

“La resolución de la CC motiva al análisis de la proporcionalidad del Financiamiento Electoral Ilícito; mas no a legislar procurando impunidad. Son dos temas distintos”, dice el mensaje de Pérez publicado en su cuenta de Twitter, quien agregó que la aprobación de una norma equívoca, acarrearía aún más consecuencias para el desgastado sistema político.

El Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, también se pronunció en redes sociales e instó a los diputados a elaborar una iniciativa responsable.

“Porque todo avance de la legislación prevenga la impunidad antes que procurarla, insto a los diputados del Congreso a la reforma responsable del artículo 407 N del Código Penal, relativo a la financiación electoral. La ley justa es también un Derecho Humano”, añadió Rodas.

PRESENTAN UNA CONTRAPROPUESTA

Los diputados Nineth Montenegro, Leonel Lira y Dorian Taracena de Encuentro por Guatemala rechazaron la propuesta y explicaron que la tipificación y las penas no van de acuerdo a la proporcionalidad que recomendó la Corte de Constitucionalidad (CC). Por tal motivo, la bancada presentó una iniciativa de ley que pretende castigar con penas de tres a ocho años inconmutables a los que cometan financiamiento electoral ilícito en su modalidad de anónimo y no registrado.

“Se considera asimismo, financiamiento electoral ilícito todo aporte, recepción o autorización de recursos realizados en forma anónima o los que no se registren en el libro contable que para el efecto deberá llevar la organización política y será sancionado con prisión de 3 a 8 años inconmutables», dice la propuesta de Encuentro por Guatemala, que fue tomada de la recomendación que hizo el Ministerio Público.

Tanto la iniciativa de los tres diputados y la de Encuentro por Guatemala fueron enviadas a la Comisión Extraordinaria para que sean unificadas y se dictaminen en una iniciativa.

PROPUESTA DEL MP

La recomendación del Ministerio Público no fue tomada en cuenta por la Comisión y planteaba la siguiente modificación: “Se considera asimismo, financiamiento electoral ilícito todo aporte, recepción o autorización de recursos realizados en forma anónima o los que no se registren en el libro contable que para el efecto deberá llevar la organización política y será sancionado con prisión de 3 a 8 años inconmutables. La sanción se incrementará en dos terceras partes cuando el delito sea cometido por quien ejerza empleo o cargo público, o cargo de elección popular, además de las penas impuestas se le inhabilitará para optar a cargos públicos”.

CAMBIOS POR EXHORTACIÓN DE LA CC

En febrero pasado, la Corte de Constitucionalidad exhortó al Congreso a modificar el segundo párrafo del artículo 407 N del Código Penal, porque a su consideración, las penas que abarca el delito de financiamiento electoral ilícito no están definidas proporcionalmente para algunas modalidades.

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