Por Sonny Figueroa
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A mediados de abril se espera que la iniciativa de ley pretenda modificar el segundo párrafo del artículo 407 N del Código Penal que se refiere al financiamiento electoral ilícito anónimo. Este proyecto se elaborará con base en las propuestas que presentaron instituciones, organizaciones de la sociedad civil y centros de estudio.

El diputado Oscar Argueta integrante de la comisión dijo que se presentaron propuestas radicales que plantean que el financiamiento anónimo debe tener una sanción de hasta 12 años y propuestas que indican que debe ser un tema administrativo.

Agregó que los equipos técnicos de la Comisión están elaborando una propuesta con base en las recomendaciones que recibió la sala de trabajo y que esperan tener la iniciativa de ley a mediados de abril, ya que no es un proceso extenso por ser únicamente un párrafo el que debe modificarse.

Organizaciones de la sociedad civil unificaron sus propuestas para modificar el párrafo segundo del artículo 407 N, para que se establezca penas de tres a ocho años para aquellas personas que cometan el delito de financiamiento electoral ilícito anónimo.

Por su parte, la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES) ha propuesto que el delito de financiamiento ilícito en su conducta de anonimato y no registrar los ingresos debe establecer una pena de cuatro a ocho años.

La Fiscalía de Delitos Electorales del Ministerio Público propuso que el financiamiento anónimo debe ser sancionado con prisión de tres a ocho años inconmutables. La sanción se incrementará en dos terceras partes cuando el delito sea cometido por quien ejerza empleo o cargo público, o cargo de elección popular.

La recomendación presentada por la Contraloría General de Cuentas, es que los que cometan esos delitos deben ser condenados de cuatro hasta doce años de prisión. El subcontralor del gasto, César Elías, dijo que también se busca inhabilitar a las personas para que no sean contratistas del Estado.

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