Por Kimberly López
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Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la propuesta de ley contra actos terroristas, de ser aprobada, sería incompatible con el cumplimiento de los derechos humanos y la libertad de expresión.

El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, envió una misiva a la canciller Sandra Jovel, en donde se manifiesta respecto a los riesgos que la CIDH observa en torno a la iniciativa de ley contra actos terroristas. La carta fue enviada luego de una reunión que Lanza sostuvo con el procurador Jordán Rodas.

El pronunciamiento de la CIDH se da frente al hecho de que el Congreso discute actualmente la iniciativa 5239 que dispone aprobar la ley contra actos terroristas. La comisión comentó que el proyecto, que recibió el visto bueno de la Comisión ordinaria de Gobernación, previo a conocerse y votarse en el pleno del Parlamento, poseería disposiciones que podrían resultar incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y restringir el derecho a la libertad de expresión.

Por ejemplo, el artículo 4 del proyecto sobre actos terroristas, cuando dice que tendrán como uno de sus elementos toda “acción u omisión que cause zozobra, alarme o temor en la población o sector de la misma y que atente en contra de propiedad o infraestructura podría favorecer interpretaciones extensivas que desembocarán en la criminalización podría favorecer interpretaciones extensivas que desembocarían en la criminalización de conductas realizadas durante una protesta social».

La CIDH también señaló que los artículos 22 y 23, relacionados al terrorismo cibernético y uso ilegal de información, respectivamente, podrían restringir ilegítimamente el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en línea al criminalizar actividades propias del periodismo y de la defensa de los derechos humanos.

Otra de las observaciones realizadas, fue que el Capítulo III del proyecto, además de tener sus artículos redactados de manera amplia y abierta no establecería límites claros y precisos para el tratamiento de datos personales.

Tampoco, indicaron, establecería garantías para proteger al interesado de un uso indebido de su información personal.

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