POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt

El diputado Felipe Alejos Lorenzana presentó un recurso legal en contra del trámite del antejuicio que el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentaron en su contra. Mientras el recurso no se resuelva, el expediente permanecerá detenido, informó la Fiscalía.

Según el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal, el recurso interpuesto por la defensa es una “actividad procesal defectuosa”. En el oficio, el congresista señala que el MP y la CICIG incurrieron en errores en la documentación que acompaña la solicitud de antejuicio.

“El escrito inicial contiene manuscritos y agregados que no fueron debidamente salvados en el Testado correspondiente al pie del memorial (…)” señala.

Otro de los supuestos “vicios” que señala Alejos es que en la solicitud de antejuicio se agregó “a mano” la dirección en la cual él podía recibir notificaciones. “No se sabe si forma parte –la dirección- del escrito o es una anotación puesta fortuitamente en dicho memorial, (sic) distrae mi atención y al no estar formalmente salvada como la Ley manda, (sic) debe tenerse por no puesta”, alegó el parlamentario.

CRITICA ACTUAR DE JUEZ

El titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal, Mynor Moto, decidió darle trámite al recurso planteado por el antejuiciado y dio un plazo de 3 días al MP y a los sujetos procesales para pronunciarse en relación a la actividad procesal defectuosa.

Sin embargo, a consideración del jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, Moto no debió darle trámite al recurso ya que, según la Ley en Materia de Antejuicio, el juez debe inhibirse de conocer cualquier acción relacionada al antejuicio y elevar el expediente a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

«Nos llama mucho la atención de que el juzgador le haya dado trámite a la actividad procesal defectuosa porque lo que procedía era que él –Moto- se inhibiera de conocer. El artículo 16 de la Ley en Materia de Antejuicio regula que el juez se debe de inhibir de conocer y elevar el expediente a conocimiento de CSJ», dijo el fiscal.

Al ser consultado, Alejos negó que se tratara de una acción tendiente a entorpecer el proceso y aseguró que únicamente ejerce su derecho de defensa.

“Yo tengo un derecho legítimo de defensa que es constitucional y que me asiste, por eso yo puedo hacer uso de todos los recursos que están en Ley”, dijo.

 

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