Por Joseline Ayala
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A pesar de haber sido suspendida la decisión del presidente Jimmy Morales de expulsar al comisionado Iván Velásquez del país, el mandatario aún podría solicitar a la Corte de Constitucionalidad (CC) que se revoque el amparo provisional que fue otorgado sobre esa acción.

De acuerdo al vocero de la Corte, Santiago Palomo, esta podría ser una vía legal que el Presidente podría tomar, pero hasta el momento no ha sido remitida ninguna solicitud de ese tipo por parte del Ejecutivo.

“Por el momento no hemos recibido ningún documento de parte del Ejecutivo, pero es algo que ya quedará a criterio del Presidente pues la Ley de Amparo le permite presentar ese recurso para que los magistrados lo consideren”, explica.

El artículo 30 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece que en cualquier estado del procedimiento, antes de dictar sentencia y a petición de parte o de oficio, los tribunales de amparo tienen facultad para revocar la suspensión provisional del acto, resolución o procedimiento reclamado.

Esto significaría que esta podría ser una clara opción para que la declaración de “non grato” a Velásquez continúe su rumbo y que este abandone el país, algo que aún continúa en análisis en el Ejecutivo, indicó ayer el portavoz presidencial, Heinz Hiemann.

El vocero presidencial dijo ayer que se analizan las resoluciones de los amparos interpuestos y aunque el Presidente no se ha pronunciado directamente sí se ha aclarado que se respetará lo que hasta ahora se resolvió.

LOS AMPAROS OTORGADOS

La CC hasta el momento ha otorgado cuatro amparos provisionales por la decisión del Presidente de expulsar a Velásquez de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).

Los últimos fueron otorgados a Pedro Rafael Maldonado y Yuri Melini y al abogado Alfonso Carrillo. Previamente se le había otorgado un amparo provisional a Elvin Díaz y Álvaro Montenegro.

En ambas ocasiones a favor del fallo votaron los magistrados José Mata Vela, Gloria Patricia Porras y María Cristina Fernández, mientras que en contra se pronunciaron Dina Josefina Ochoa y Neftalí Aldana.

PASOS PARA QUE AMPARO QUEDE EN FIRME

Palomo explicó que el amparo provisional que ese órgano otorgó aún se enfrenta al menos a unos tres pasos más para que sea resuelto de forma definitiva, pues se solicitó que se remitan los antecedentes o un informe de la situación a la parte denunciada que en este caso es el Presidente.

Luego de esto se debería realizar una primera audiencia en donde los antecedentes o el informe es recibido y concluido el plazo probatorio se realiza una segunda audiencia en donde el tribunal dicta providencia dando audiencia a las partes por un plazo de 48 horas.

Al finalizar la vista pública que se puede solicitar por alguna de las dos partes y luego de examinados los hechos y las pruebas la Corte emite una sentencia.

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