POR MARIELA CASTAÑÓN
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La Dirección General de Servicios de Seguridad Privada (Digessp) tenía la intención de realizar una verificación en la empresa de seguridad Sistemas Profesionales de Seguridad, S. A., ubicada en la 13 avenida 4-67 de la zona 1, sin embargo, el representante legal únicamente permitió el ingreso de una persona, argumentando que los demás no tenían la «calidad» para la inspección, por lo que Digessp se retiró y levantó un acta.
De acuerdo con la Digessp, la verificación consistía en supervisar armamento, aspectos administrativos, financieros, jurídicos, de recursos humanos, entre otros, sin embargo, únicamente se permitía el ingreso de una persona y no de todo el equipo.
Por otro lado, Roberto Marín, gerente de Operaciones y representante legal de la empresa Sistemas Profesionales de Seguridad, refirió que solo una persona tenía «calidad» para realizar la diligencia, los demás están contratados bajo otra categoría.
«De acuerdo con el artículo 154 -Función Pública- de la Constitución Política de la República, solo empleados públicos o funcionarios del Gobierno, pueden ingresar a hacer cualquier tipo de supervisión, el asunto es que ellos no presentaron las calidades. Solo viene una persona que es empleada y los otros son asesores, o no sé bajo qué cargo están contratados, pero ella -la trabajadora de Digessp- no quiso hacer la supervisión», argumentó Marín.
Fernando Lucero, portavoz de Digessp, detalló que sí existe facultad para realizar la inspección, pues así lo establece el artículo 7 «Funciones» de la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada.
«Estas empresas operan con acuerdos, no están adecuadas a la ley. Hemos encontrado resistencia en ellas para ser fiscalizadas y supervisadas como lo establece la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada; en su Artículo 7, la ley ampara a la Dirección para que pueda establecer las supervisiones contempladas, se habla de que mucho personal ingresa a hacer las supervisiones, pero cada una forma parte del equipo, si bien es cierto viene una persona representante de Digessp, el resto del equipo es el apoyo», refirió.
Lucero dijo que la empresa supervisada no está adecuada a la ley, en tanto, Marín admitió esto, pero argumentó que Digessp les perdió su expediente, aunado a que ellos ya habían entregado su documentación tras la entrada en vigencia de la Ley, que fue aprobada en 2010, pero el problema fue que no había Reglamento. El mismo fue publicado en el Diario Oficial en 2013 y se solicitaron nuevos requerimientos.