POR KIMBERLY LÓPEZ
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La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un fallo unánime para avalar el funcionamiento de los proyectos hidroeléctricos Oxec I y II por un año, por un plazo que puede ser prorrogable. La decisión se tomó a pesar de que los magistrados reconocieron que el Estado no cumplió con el proceso de consulta a las comunidades indígenas previo al otorgamiento de los proyectos hidroeléctricos.

Yuri Melini, director del Centro de Acción Legal Ambiental y Social de Guatemala (CALAS), se refirió a esta determinación como “un fallo lamentable” que representa un retroceso en materia del cumplimiento y reconocimiento de los derechos colectivos, especialmente de comunidades indígenas.

Melini explicó que si bien es cierto que en su fallo la CC ordena la realización de una consulta, es inadmisible que se autoricen las operaciones del proyecto hidroeléctrico para garantizar la certeza de la inversión del proyecto y priorizar la opinión de las comunidades.

El fallo de la Corte ordena al Ministerio de Energía y Minas (MEM) realizar una consulta comunitaria mientras las hidroeléctricas operan. Esta acción, comentó Melini, refleja la debilidad del Estado para dar cumplimiento a lo estipulado en el convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo.

“Ninguna inversión podría justificarse cuando se había violentado un derecho, ellos están anteponiendo el interés particular de una inversión contra los derechos colectivos de los pueblos indígenas”, explicó el representante de CALAS.

Oxec emitió un comunicado ayer por la noche, en el que expresó satisfacción por la resolución de las acciones legales e indicó que acatará lo ordenado por la CC.
El ministerio de Energía y Minas, también a través de un boletín de prensa, informó que no ha sido notificado del fallo, pero que dará cumplimiento a la disposición.

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