POR KIMBERLY LÓPEZ
klopez@lahora.com.gt

Casi la mitad de las municipalidades del país ha cumplido con los procedimientos indicados por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) para dar cumplimiento a la normativa que establece como meta para 2019 que todos los municipios cuenten con plantas de tratamiento primarias para aguas residuales. De no cumplir con lo requerido, las municipalidades serían sancionadas por la Contraloría General de Cuentas (CGC).

Para mayo de 2019 todas las municipalidades deberán contar con plantas de tratamiento primarias de aguas residuales, en cumplimiento del Reglamento 236-2006 sobre Tratamiento de Aguas Residuales y Disposición de Lodos.

El MARN fijó plazos para que los alcaldes vayan superando etapas mediante las cuales se supone que alcanzarán la implementación de cada una de las plantas.

A finales de abril todas las municipalidades tenían que haber ingresado al Ministerio sus estudios de pre factibilidad, con los detalles de cómo serían construidas sus plantas de tratamiento.

Sin embargo, hasta la fecha, la Dirección de Gestión Ambiental del Ministerio reporta que han ingresado 197 estudios de 340.

Al respecto, el titular de ambiente, Sydney Samuels, manifestó su preocupación por casos de ciertas municipalidades que parecían estar desinteresadas y atrasadas en el cumplimiento de esa normativa.

En reunión con alcaldes, Samuels hizo la advertencia de la necesidad de cumplir con los plazos estipulados para edificar las plantas de tratamiento. Según el funcionario, de no cumplir con lo establecido aplicaría una sanción de la CGC.

NORMATIVA
Las municipalidades del país están obligadas a operar sistemas de tratamiento primario para las descargas y reutilización de aguas residuales, hasta el año 2019, según el Acuerdo Gubernativo 270-2016.

La disposición fue publicada en diciembre del año pasado y mediante la misma, el MARN extendió, el plazo por casi dos años más.

Mediante el acuerdo también se reformaron los límites máximos permisibles de descargas a cuerpos receptores para aguas residuales municipales y de urbanizaciones no conectadas al alcantarillado público.

Con esta normativa, las municipalidades debían cumplir con tener en operación por lo menos sistemas de tratamiento primario a más tardar el 6 de mayo de 2019.

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