POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

En los últimos meses, la Fiscalía contra la Trata de Personas del Ministerio Público (MP) y el Departamento de la Delincuencia Organizada de la Sección contra la Trata de Personas de la Policía Nacional Civil (PNC) han realizado varios operativos para liberar víctimas explotadas sexualmente y detener a presuntos responsables de estos delitos, sin embargo, se enfrentan con que nuevamente los centros de explotación abren y reclutan a personas. Ante los desafíos, las autoridades plantean nuevas estrategias, como el combate a la demanda de la prostitución y la explotación sexual, es decir, imputar delitos a los clientes, tal como está contemplado en la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.

_Repo6_1bEntre el 23 de septiembre y el 20 de octubre del año pasado, fiscales y policías realizaron múltiples operativos contra la trata de personas en centros de explotación sexual, ubicados en las zonas 2 y 7 de la capital. En esas diligencias rescataron a unas 215 mujeres y detuvieron aproximadamente a 12 personas vinculadas con delitos de trata. (Lea el recuadro ¿Qué es trata de personas?)

Sin embargo, más tardaron las autoridades en emprender las acciones de rescate y clausura de estos centros, que los mismos en abrir y volver a promover la prostitución y captación de personas.

La Hora realizó un recorrido por los centros que fueron cerrados en 2016 y constató que siguen funcionando. En tanto, la Fiscalía contra la Trata de Personas confirmó que continúan abiertos.

En varios de estos lugares es evidente la demanda, en menos de diez minutos, unos nueve hombres ingresaron para requerir los servicios sexuales de las mujeres que estaban ahí adentro.

Mynor Pinto, fiscal contra la trata, explicó que la mayoría de los centros de explotación sexual funcionan bajo una fachada como spa, cevichería y cafetería, y regularmente se logran descubrir a través de una denuncia o un análisis de investigación por parte de la Policía Nacional Civil (PNC).

El MP realiza las pesquisas colaterales: desde cuándo funciona el centro, cuál es su razón social, el entorno o la mecánica que funciona dentro del negocio, por ejemplo, la venta de licor, de aguas gaseosas o cuál es su giro comercial.

Cuando se determina que existe explotación sexual se recaban las evidencias y se solicita el allanamiento, esto se hace por medio de dos vías: cuando existe una víctima y se determina quiénes son los responsables de la explotación sexual y a través de los métodos especiales de investigación.

LAS DIFICULTADES
Pinto explicó que existen algunas dificultades para estos casos, principalmente cuando se trata de un centro de explotación sexual, donde terceros usan los inmuebles para prostitución y trata, no precisamente el dueño. Esto conlleva todo un procedimiento para identificar a quién pertenece el inmueble. El caso de la casa cerrada Extravaganza (https://wpvip.lahora.gt/produccion/reabren-casa-cerrada-extravaganza-estuvo-clausurada-13-dias/) es un ejemplo, indicó.

“El problema que nos hemos encontrado, como el caso de Extravaganza, fue que se puso a disposición el bien inmueble para que se clausurara, precisamente porque ahí se encontró vestigios de delito. En la fase de la primera declaración les dieron falta de mérito a las personas –sindicadas– a pesar de que había suficientes indicios que comprometían a las personas que estaban detenidas con el hecho criminal, y precisamente por la falta de mérito, el señor juez devolvió el bien inmueble y se lo devolvió a la persona que lo tenía y no al propietario”, dijo el fiscal.

El profesional agregó: “Prácticamente el MP apeló todo eso y la Sala nos dio la razón. La Sala tiene que resolver conforme a derecho. El juez estaba esperando el caso cuando las personas –sindicadas– presentaron un amparo, ahorita está en eso. El propietario de ese inmueble nunca apareció porque está en el extranjero. Ese bien inmueble debe ser entregado al propietario. Primero se le tiene que deducir responsabilidad, y si el propietario entregó el inmueble de buena fe, se le hace una advertencia, porque si vuelve a alquilar el bien inmueble para los mismos efectos, va a ser susceptible a extinción de dominio”, explicó.

En tanto, otras dificultades que han encontrado para combatir las actividades de los centros de explotación son los horarios, pues los mismos abren de noche y cierran de madrugada y es precisamente en ese horario en el que las autoridades no pueden ingresar para realizar diligencias de verificación o constatación.

LA ESTRATEGIA
El fiscal contra la Trata reiteró que la nueva estrategia para combatirla está enfocada en atacar la demanda, tal como lo han hecho en los últimos días.

Con base en la reforma del artículo 193 Bis del Código Penal, remuneración por la promoción, facilitación y favorecimiento a la prostitución, contemplada en el artículo 39 de la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, las autoridades pueden actuar contra los demandantes de la prostitución, quienes serán sancionados hasta con cinco años de cárcel.

La Fiscalía también sustenta las sindicaciones con base en la reforma del artículo 191 del Código Penal, promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución, contemplado en el artículo 36 de la referida normativa, que literalmente indica:

“La explotación de una persona mayor de edad, a través de la promoción, facilitación o favorecimiento de su prostitución, será sancionada con prisión de cinco a diez años y con multa de cincuenta mil a cien mil quetzales”.

Ana Lucía Peláez, defensora de las Personas Víctimas de Trata de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), considera que es positiva la estrategia planteada por el MP para combatir la trata; opina que es necesario que quienes incurren en estos delitos sepan que actúan al margen de la Ley y esto tiene responsabilidades.

“Nosotros consideramos que es un gran avance, porque en el tema de prevención existe una debilidad, porque hay campañas que van orientadas a que debemos cuidarnos –las potenciales víctimas de trata–, pero esas campañas deben ir dirigidas a las personas que facilitan o promocionan la prostitución, que es un delito; o si trasladan o captan es un delito. Esas campañas deben ir dirigidas a los clientes o a quienes cometen estos delitos”, refirió Peláez.

La defensora de las víctimas de trata lamentó que el daño a una persona víctima de este delito es irreparable, ya que afectará su salud física y mental. (Lea el recuadro Denuncias por el delito de trata).

“Aunque exista una sentencia, el daño está hecho y aunque si bien será una reparación la que se haga para que continúe con su proyecto de vida, el daño es irreversible”, dijo la profesional.

¿Qué es trata de personas?

Trata es la captación, el transporte, el traslado, la acogida, o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concepción o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación, según el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente de Mujeres y Niños, que contempla la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Denuncias por el delito de trata

Según el Ministerio Público (MP), entre el 1 de enero de 2013 al 6 de abril de 2017, recibió un total de 1 mil 421 denuncias por el delito de trata de personas, en sus diferentes modalidades.

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