POR MARIELA CASTAÑÓN
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Representantes del Instituto de Enseñanza para el Desarrollo Sostenible (Iepades) manifestaron su preocupación por las reformas a la Ley de Armas y Municiones que se publican hoy en el Diario Oficial, las cuales podrían facilitar el tráfico de armas, principalmente porque ahora se podrá legalizar un arma a través de una declaración jurada.
Carmen Rosa de León, directora de Iepades, se refirió a la reforma del artículo 138, Justificación de la propiedad de las armas de fuego para su registro, que indica que para registrar las armas de fuego, se deberá justificar la propiedad de las mismas, mediante los siguientes medios: factura o certificación del establecimiento en que se compró, testimonio de la escritura pública que justifique el traslado de dominio, por declaración jurada y por certificación emitida por la Dirección General de Control de Armas y Municiones (Digecam).
La preocupación es principalmente en el inciso “c”, del artículo 138 donde se explica que cuando no exista otro medio de acreditar la propiedad del arma, y por un plazo que vencerá el 31 de enero de 2020, la misma se hará por declaración jurada mediante escritura pública ante notario colegiado activo, debiéndose llenar todos los requisitos que la ley establece para el registro correspondiente.
“Esta declaración jurada constituirá justificación de la propiedad, tanto para primer registro de armas de fuego, como para traslado de dominio entre particulares, debiendo para este último caso presentar el interesado, además, la tarjeta de tenencia original y el arma de fuego para la verificación de datos y características. En caso de traslado de dominio entre particulares, la Digecam procederá a registrar el mismo siempre y cuando no exista denuncia de robo o extravío de la misma, o alguna otra circunstancia legal que lo impida”, refiere.
De acuerdo con la directora de Iepades, esa disposición es un retroceso al control de armas y también significa abrir la puerta al tráfico ilícito de armas.
“Para mí es un problema la nueva disposición del registro de armas con declaración jurada, porque es abrir la puerta al tráfico de armas, legalizar armas ilícitas. La declaración jurada se había eliminado, porque, por ejemplo, usted dice esta arma me la regaló mi abuelito, pero no tengo factura de compra, pero con una declaración jurada que hice con un abogado diciendo que mi abuelito me la había regalado –se justifica-”, lamentó De León.
La Hora intentó obtener una declaración de William García, director del Departamento de Comunicación del Ejército, para saber que controles ejercerán sobre el tema, pero al cierre de esta nota no fue posible obtener respuesta.
OTRAS MODIFICACIONES
Otras modificaciones realizadas a la normativa son sobre el artículo 26, Banco de Datos, donde se podrá realizar el nuevo registro de huella balística ante Digecam hasta el 31 de enero de 2020 y al artículo 63, Procedimiento de registro de tenencia, donde antes se entregaban dos municiones para que Digecam tomara huellas balísticas del arma, ahora serán tres municiones.