POR JOSÉ DEL ÁGUILA
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La Sala Tercera de Apelaciones decidió no otorgar dos amparos provisionales solicitados por el alcalde de la Municipalidad de Guatemala, Álvaro Arzú Irigoyen, en contra de la forma que se ha tramitado el antejuicio en su contra.

Según informó la secretaría de la Sala, en uno de los amparos, la defensa de Arzú planteó que debió ser el Ministerio Público (MP) el que ratificara la denuncia en su contra ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, y no el ciudadano denunciante, Luis Alberto Véliz Luna.

El pasado 21 de diciembre, Luna Véliz se apersonó al Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, según el procedimiento legal establecido, para ratificar la denuncia y los señalamientos que se hacen contra el jefe edil por presuntamente incitar a la violencia.

Melvin Medina, jefe de la Fiscalía de Delitos Administrativos, manifestó que el procedimiento para ratificar la denuncia lo estableció la jueza Noveno, Silvia Morales Asencio.

En el segundo amparo, los abogados señalaban que se agraviaron los derechos del alcalde al no permitírsele pronunciarse por escrito, informó la referida Sala.

Se intentó contactar con al vocero de la comuna, Carlos Sandoval, pero no fue posible localizarlo.

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