POR KIMBERLY LÓPEZ
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Carlos Mencos, titular de la Contraloría General de Cuentas (CGC), consideró que la vía más favorable para accionar frente al contrato firmado con la Constructora Norberto Odebrecht sería tomar acciones contundentes para responsabilizar a la empresa y accionar penalmente en su contra.
Por su parte, la Procuraduría General de la Nación (PGN) y el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda se reunieron ayer para analizar el dictamen de la Procuraduría en vista del incumplimiento de la empresa brasileña Odebrecht para la rehabilitación de la ruta CA-2 en el occidente del país: el tramo Cocales-El Zarco-Coatepeque-Tecún Umán.
El dictamen de la procuradora Annabella Morfín fue que el contrato con la constructora no puede ser rescindido, sino liquidado, debido a que el plazo para tomar esta medida legal ya terminó.
La sugerencia del contralor es que independientemente de las fechas y los plazos establecidos, dejar sin validez el contrato no es el mejor procedimiento porque implica quedarse sin materia para seguir actuando contra la empresa.
“Yo no comparto el hecho de que rescindan un contrato si hay saldos que se deben al Estado, en virtud de que el avance físico de la obra no corresponde al avance financiero”, aseguró Mencos.
Según el titular de la CGC, frente al incumplimiento contractual de Odebrecht, debe haber acciones contundentes para responsabilizar a la empresa porque el contrato está vigente.
“Por qué se va anular el contrato si se perdería como materia para seguir accionando penalmente en contra de ellos», cuestionó Mencos.
POSTURA DE PGN
La Hora intentó cuestionar a la Procuradora Annabella Morfín respecto a la ruta legal que tomaría frente a este caso. Sin embargo, al cierre de la edición no atendió llamadas ni se brindó un espacio para interrogarla al respecto.
No obstante, según información trasladada por su equipo de comunicación, hubo dos causas fundamentales para descartar la propuesta de iniciar un proceso conciliatorio con la constructora, para la rescisión del contrato.
Una de ellas es que “de acuerdo a lo establecido en el artículo 1584 del Código Civil, en la rescisión por mutuo consentimiento ninguna de las partes puede reclamar daños y perjuicios, frutos ni intereses”.
Asimismo, según el artículo 1585, la acción para solicitar la rescisión de un contrato tiene plazo de un año y el que fue suscrito con Odebrecht se celebró en diciembre de 2012.
La PGN también recomienda a la CGC que analice las responsabilidades de exfuncionarios del Ministerio de Comunicaciones al modificar el contrato sin previa autorización del Congreso y que deduzcan las responsabilidades correspondientes.
Sobre esto, Mencos dijo que el 20 de junio del año pasado presentó una denuncia al Ministerio Público en relación a dicha modificación, pero por ahora aún se está verificando si debió haberse hecho el planteamiento al Congreso.
En los próximos días, el ministro de Comunicaciones, Aldo García, citará a la empresa para establecer una hoja de ruta para liquidar el contrato.
Como parte de este proceso se tiene contemplada una auditoría de campo, la cuantificación de volúmenes de obra realizada y cobrada, el balance económico de lo pagado por lo realizado, desobligación de préstamos, la preparación de un análisis jurídico y denuncias ante el MP de las autoridades que resulten señaladas en ese análisis.
A partir del balance económico se definirá lo que se reclamará a la empresa y del análisis jurídico, la forma en que se reclamará lo económico.