POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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El próximo 4 de diciembre se cumplirá un año desde que la Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal ordenó que la jueza Marta Sierra de Stalling regresara a prisión; sin embargo, el juzgado a cargo del caso en su contra aún no le da cumplimiento a la resolución. Según la Fiscalía, que la togada continúe en libertad representa un peligro en las investigaciones.
El jefe la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, dijo que le corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal acatar la resolución de la Sala y ordenar de nuevo la prisión preventiva para Sierra de Stalling, pero a la fecha no se ha programado una audiencia para dar cumplimiento al fallo.
“-La orden- le corresponde al juez tercero ejecutarla y no lo ha hecho. Él ha indicado que primero tiene que conocer la audiencia intermedia y otra serie de aspectos; sin embargo, una resolución al respecto no hay”, puntualizó.
Sandoval también afirmó que el hecho de que la togada permanezca fuera de prisión, representa un “peligro de obstaculización para la averiguación de la verdad”.
“La Sala de Apelaciones determinó que existían peligros procesales, entonces sí representa un peligro procesal, que es el peligro de obstaculización para la averiguación de la verdad, por lo tanto ella debería regresar a prisión”, manifestó el jefe de la FECI.
MP Y CICIG SE HAN EXCUSADO
Consultado al respecto, el titular del Juzgado Tercero de Instancia Penal, Mynor Motto, dijo que en varias ocasiones se han señalado audiencias en las que se pretende conocer la resolución de la Sala, pero que el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) se han excusado de presentarse.
Sandoval explicó que la diligencia en la cual se deben revocar las medidas sustitutivas que goza la jueza tiene que realizar antes de la etapa intermedia del proceso.
“La Fiscalía se excusó dos veces de audiencias intermedias porque no había quien las cubriera, pero previo a la intermedia está la orden de la Sala, y una audiencia específica para dar cumplimiento a lo que ordenó la sala que no se ha programado por parte del juez”, dijo.
Y agregó: “Él –el juez- ha querido señalar que después de la discusión de la intermedia se conozca esta situación, y esto –la resolución de la sala- es previo e independiente de la audiencia intermedia”, puntualizó.