POR KATERIN CHUMIL
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El juez Walter Villatoro envió al alcalde de Santa Catarina Pinula, Víctor Alvarizaes Monterroso, a un sanatorio, luego de que su abogado defensor argumentara que sufría de quebrantos de salud. Alvarizaes fue recapturado este mediodía en las instalaciones del Ministerio Público (MP).

El juez había decidido que Alvarizaes guardará prisión preventiva en Mariscal Zavala, pero rectificó su decisión.

Ayer fue detenido por primera vez, pero el juez Villatoro titular del juzgado Décimo de Instancia Penal ordenó su libertad, tras aceptar un incidente de detención ilegal interpuesto por la defensa del funcionario.

Según argumentó el abogado, no se podía emitir una orden de captura porque hay recursos legales que no se han resuelto en el caso.

Sin embargo, Támara de León, jefe de la Fiscalía de Delitos Administrativos explicó que hoy se emitió una nueva orden de captura porque el Juez Villatoro unificó los expedientes judiciales con el de su antecesor Antonio Coro.

La aprehensión se ejecutó en el momento en el que Alvarizaes se disponía a presentar un memorial en el Ministerio Público, en contra de los fiscales que piden su detención.

LOS SEÑALAMIENTOS

El Alcalde es señalado del delito de homicidio culposo, por presuntamente ignorar las advertencias de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) que declaró la zona de la comunidad el Cambray II como inhabitable, lo que tuvo como consecuencia la muerte de más de 280 personas durante un deslave.

Ayer el juez en su judicatura pidió disculpas a Alvarizaes por el error de requerimiento en la orden de aprehensión, y estuvo detenido aproximadamente tres horas en las carceletas mientras el juez Villatoro le daba a conocer su motivo de detención.

ANTECEDENTES

De acuerdo con la Fiscalía, Antonio Coro era el alcalde en funciones cuando se publicó el acuerdo 179-2001, en el que se indicaban los altos índices de riesgo que existían en las cuencas de los ríos de Villalobos y Michatoya, y se les solicitaba la realización de nuevos estudios para determinar amenazas y vulnerabilidad.

También se les requería establecer planes, programas y proyectos de conservación y manejo de las áreas en riesgo, además de un ordenamiento territorial y planificación urbana de los sectores involucrados.

De ser necesario, para mantener el “resguardo de las personas y sus bienes” debían declarar un estado de Calamidad. Sin embargo, ninguna de estas recomendaciones fue adoptada por Coro y Alvarizaes.

Coro ya fue ligado a proceso por este caso y el próximo 3 de octubre puede ser enviado a juicio.

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