POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

Marlon Francisco Monroy Meoño, conocido con el alias de Fantasma, y quien es sindicado de liderar una estructura del narcotráfico y tener una orden de extradición, fue trasladado del Centro de Detención Preventiva para Hombres de la zona 18 a otra prisión, debido a las amenazas de muerte en su contra.

Esta madrugada fue trasladado a otra cárcel Monroy Meoño, ya que según fuentes del Ministerio de Gobernación (Mingob) habría recibido amenazas de muerte por parte de integrantes de su estructura y de otros grupos.

El hombre conocido con el alias de Fantasma o M-3, fue capturado el pasado 30 de abril en Antigua Guatemala, donde también se detuvieron a otras personas y se incautó armamento, teléfonos y otros objetos.

Según investigaciones policiales, el ahora privado de libertad es el enlace del Cartel de Sinaloa en Guatemala. Esta persona ocupó el puesto de Jairo Orellana luego que fuera capturado en 2014.

REUBICACIÓN DE PERFILES

Por otro lado, fue consultado el portavoz del Sistema Penitenciario (SP), Rudy Esquivel, quien afirmó que el cambio de prisión de Monroy fue por reubicación de perfiles y prevención.

El entrevistado se limitó a informar estos aspectos y se reservó el nombre del centro de detención al que fue enviado el privado de libertad.

ARTÍCULO 8

De acuerdo con el SP, el traslado de Monroy no se realizó con orden de juez, sino con la potestad legal que otorga a Presidios el Artículo 8 de la Ley del Régimen Penitenciario.

La disposición legal se refiere al control judicial y administrativo del privado de libertad, que literalmente dice: Toda pena se ejecutará bajo el estricto control de juez de ejecución, quien hará efectivas las decisiones de la sentencia, así como el cumplimiento adecuado del régimen penitenciario.

La disposición agrega: En el caso de personas sujetas a prisión preventiva, estarán a disposición de los jueces respectivos, conforme al Código Procesal Penal.  El control de las condiciones generales de los centros de privación de libertad estará bajo la responsabilidad del Director General del Sistema Penitenciario, con la debida supervisión del Juez competente, debiéndose velar por las condiciones dignas y los derechos inherentes al ser humano.

“El traslado de las personas reclusas de un centro a otro, o a un centro médico asistencial, sólo podrá ser autorizado por el juez competente en casos plenamente justificados.  En situación de emergencia la Dirección General del Sistema Penitenciario podrá disponer de aquellos traslados, dando cuenta inmediata al juez correspondiente, quien resolverá definitivamente”, refiere.

Artículo anteriorCapturan a supuesto secuestrador
Artículo siguienteBuscan a víctimas de accidente