POR KATERIN CHUMIL
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El juicio por genocidio se suspendió de forma indefinida por orden de la Sala de Apelaciones de Mayor Riesgo, que amparó de forma provisional a los querellantes del proceso.

La Sala notificó al Tribunal B de Mayor Riesgo esta mañana, suspendiendo así la continuación del debate, que inició el pasado 16 de marzo.

El amparo fue planteado por la Asociación Justicia y Reconciliación (AJR) y el Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) porque a su criterio, deben celebrarse dos juicios por separado: uno ordinario para José Mauricio Rodríguez Sánchez y otro especial para el expresidente de facto José Efraín Ríos Montt, quien fue declarado interdicto por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses.

Esta petición ya había sido planteada por los querellantes y la defensa al tribunal; sin embargo, los jueces integrantes decidieron dar inicio al debate de forma conjunta y a puerta cerrada.

De acuerdo con Héctor Reyes, representante de CALDH, el juicio se estaba llevando a cabo de forma ilegal y se estaban vulnerando garantías procesales como la tutela judicial efectiva, tanto para los acusados como para las víctimas.

«Esperamos que la acción de amparo sea confirmado por la Sala de Apelaciones y posteriormente la Corte de Constitucionalidad, para que así se designe un tribunal de sentencia que efectivamente respete las reglas y el debido proceso para todos los sujetos procesales», indicó.

Mañana, las partes involucradas están citadas a una vista pública en la que presentarán los argumentos para que los casos sean separados de forma definitiva.

SEÑALAMIENTOS

El Ministerio Público acusa a Ríos Montt y Rodríguez Sánchez por ejecutar acciones militares de exterminio contra la población del Triángulo Ixil, en Quiché, durante los 17 meses de su gobierno de facto.

Según la Fiscalía, durante el régimen de facto de Ríos Montt, entre el 23 de marzo de 1982 y el 8 de agosto de 1983, más de 600 aldeas fueron arrasadas y se registró la muerte de 1 mil 771 miembros de la etnia ixil, equivalente al 33.61 por ciento de la población.

La Fiscalía de Derechos Humanos sindica a Ríos Montt y Rodríguez Sánchez de los delitos de genocidio y deberes contra la humanidad. De ser condenado, Ríos Montt enfrentará la sentencia en su casa o en un hospital debido a su deteriorada salud.

El 10 de mayo del 2013, el Tribunal de Mayor Riesgo A sentenció a Ríos Montt a 80 años de prisión, mientras que Rodríguez Sánchez fue absuelto por falta de pruebas. Diez días después la Corte de Constitucionalidad anuló el fallo y ordenó un nuevo juicio, por errores en el procedimiento.

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