POR REDACCIÓN LA HORA
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Por años, el secreto bancario ha impedido la correcta fiscalización de los contribuyentes por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), ya que esta entidad no puede acceder a información bancaria clave para cruzar datos y detectar casos de evasión fiscal. Sin embargo, la revelación del escándalo conocido como “Panama Papers” ha vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de eliminar este obstáculo. Pero la idea no convence a todos los sectores, sobre todo a los empresarios, quienes dicen estar anuentes a cierta apertura, mas no a la eliminación total del secreto bancario.

Luego de conocer los resultados de la investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) y el diario alemán “Süddeutsche Zeitung”, sobre los acuerdos offshore del bufete Mossak Fonseca en Panamá, el presidente del Congreso, Mario Taracena, afirmó que llegó el “momento para eliminar el secreto bancario” y aseguró que la reforma a la Ley Orgánica de la SAT que impulsa el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) eliminaría esta disposición.

“Llegó el momento donde –los diputados– tendrán que eliminar el secreto y está por entrar al Congreso en la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de la SAT, la cual trae un capítulo para derogar ese secreto”, dijo el Presidente del Legislativo.

ACCESO LIMITADO

Las declaraciones de Taracena pusieron en aprietos al ministro de Finanzas, Julio Héctor Estrada, quien en una conferencia de prensa dejó claro que la iniciativa no contempla la eliminación del secreto bancario, sino solamente lo regula para garantizar el acceso a la SAT, solo en casos particulares y con autorización de un juez civil.

El Ministro aceptó que la legislación nacional es muy restrictiva en cuanto al secreto bancario y que el mecanismo de investigación solo permite obtener datos bancarios a través de una pesquisa criminal; sin embargo dijo que «por temas constitucionales no se puede acceder a información personal sin autorización previa de juez».

Estrada explicó que la iniciativa regula un tiempo perentorio de tres días para que el juez resuelva la solicitud de la SAT y habiendo comprobado que se trata de una investigación fiscal, ordene a las entidades bancarias correspondientes que entreguen la información necesaria.

“Eliminación del secreto bancario no es el nombre adecuado, el término técnico es acceso a las cuentas bancarias con fines fiscales, y ese acceso que va a hacer la SAT lo tendrá que hacer respetando el artículo 24 de la Constitución”, explicó el diputado Carlos Barreda, de la Comisión de Finanzas del Congreso de la República.

Según Barreda, aparte se deben crear juzgados especializados en materia tributaria en el Organismo Judicial y se debe dar potestad a la SAT para que realicen intercambios de información con otras instituciones tributarias internacionales.

“–Las reformas– son importantes porque, por ejemplo, en este momento la Superintendencia debería solicitarle información a Panamá y cruzarla con la información de aquí, pero como acá no tiene acceso a la información bancaria y tampoco tiene un convenio de intercambio de información con ese país, no se puede”, señaló.

LOS TEMORES DEL EMPRESARIADO

Tras anunciarse el interés del Congreso y el Ejecutivo en regular el secreto bancario, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) realizó un pronunciamiento apoyando la propuesta, pero recalcando en la necesidad de “respetar la privacidad e integridad de la información de todos los contribuyentes, derecho constitucional reconocido para todos los guatemaltecos”.

Los empresarios señalaron la importancia de la “trazabilidad obligatoria de las consultas que se efectúen, asegurando la identificación adecuada de los funcionarios responsables del manejo de esta información”.

El CACIF dejó claro que se opone a una reforma que dé acceso a las cuentas bancarias sin orden de juez.

REFORMAS SON INSUFICIENTES

Para el economista Carlos Martínez, la medida de regulación propuesta con el Ejecutivo y la Comisión de Finanzas es insuficiente. “Si eso está sujeto a todo un conjunto de trámites que realizará un juez para tener acceso a las cuentas bancarias, solo se está introduciendo alguna flexibilización, pero no está eliminando el secreto bancario”, explicó.

A criterio del experto, las modificaciones legales deben ser más agresivas, debido a que las leyes ya no responden a las demandas en torno al tema. “Dar acceso a la SAT y a un conjunto de organismos de investigación a las cuentas bancarias es parte de los requisitos de vigilancia y combate del lavado de dinero y otros activos, y es un compromiso que ha tomado Guatemala ante el Grupo de Acción Financiera Internacional y otros organismos que coordinan esa tarea a nivel internacional”, indicó.

En cuanto al temor empresarial sobre la seguridad de su información financiera, Martínez señaló que la información de la SAT sobre los contribuyentes está protegida, como sucede actualmente con los expedientes de declaraciones fiscales. “Si ellos –los empresarios– estuvieran actuando de manera transparente, no tendrían problema con la eliminación del secreto bancario”, dijo.

Gladys Monterroso, experta en Derecho tributario, considera necesario levantar el secreto bancario debido a los niveles de corrupción y lavado de dinero en el país. “El problema es que una reforma así podría ser atacada de inconstitucionalidad, por lo que sería necesario reformar la Carta Magna”, explicó.

Pese a la resistencia de varios sectores a cambiar la Constitución, a criterio de Monterroso, esta reforma es urgente. “La Constitución, al haber sido creada en una época postguerra, tiene ciertos artículos que ya no se aplican al momento histórico en que estamos viviendo y creo que es necesario que una Asamblea Nacional Constituyente no solo modifique lo relacionado al sector justicia, como se ha discutido, sino también a otras áreas que necesitan actualización”, indicó.

Para la analista, el levantamiento del secreto bancario es una reforma clave para el fortalecimiento de la SAT, ya que esto le permitiría cruzar datos y comprobar si los contribuyentes están aportando lo que deben.


MARCO LEGAL

Artículo 134 de la Constitución de la República, inciso e:
Se establecen como obligaciones mínimas del municipio y de toda entidad descentralizada y autónoma, las siguientes:

e. Remitir a los mismos organismos, las memorias de sus labores y los informes específicos que les sean requeridos, quedando a salvo el carácter confidencial de las operaciones de los particulares en los bancos e instituciones financieras en general. (Para ser reformado se necesita de la aprobación del Congreso y que se ratifique mediante consulta popular.

Artículo 24 de la Constitución de la República:
Inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros. La correspondencia de toda persona, sus documentos y libros son inviolables. Sólo podrán revisarse o incautarse, en virtud de resolución firme dictada por juez competente y con las formalidades legales.

Se garantiza el secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas, radiofónicas, cablegráficas y otros productos de la tecnología moderna.

Los libros, documentos y archivos que se relacionan con el pago de impuestos, tasa, arbitrios y contribuciones, podrán ser revisados por la autoridad competente de conformidad con la ley.

Es punible revelar el monto de los impuestos pagados, utilidades, pérdidas, costos y cualquier otro dato referente a las contabilidades revisadas a personas individuales o jurídicas, con excepción de los balances generales, cuya publicación ordene la ley. Los documentos o informaciones obtenidas con violación de este artículo no producen fe ni hacen prueba en juicio.

*el subrayado es de La Hora.


OJ CON MORA JUDICIAL

Mientras el Ejecutivo y el Congreso de la República discuten someter la revelación del secreto bancario a la autorización de un juez, el Organismo Judicial (OJ) enfrenta un grave problema de mora judicial.

El año pasado el OJ recibió 268 mil 706 expedientes y sólo resolvió 17 mil 255 casos a través de sentencias y 52 mil a través de otras vías; es decir que solo dió resolución al equivalente al 25 por ciento de los casos ingresados.

Gladys Monterroso señaló que la mora judicial es producto en algunos casos de la sobre judicialización de los trámites.

Además, el OJ tampoco cuenta con fondos para invertir en nuevas sedes judiciales, según han declarado sus autoridades reiteradamente. Un reportaje de La Hora basado en datos oficiales reveló que en los últimos diez años el OJ sólo ha dedicado el 4 por ciento de su presupuesto para inversión.

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