POR VIRGINIA CONTRERAS
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Las personas que posean fauna en cautiverio deberán registrarla, ya que de no hacerlo se comete un delito, tal como lo indica el Normativo para el manejo y funcionamiento de Colecciones de Fauna Silvestre, del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), el cual entró hoy en vigencia y establece una penalidad de hasta diez años de prisión y Q20 mil de multa por omitir el registro.
El director del departamento de Vida Silvestre del Conap, Alan Marroquín, indicó que se dará un periodo de 90 días para realizar la inscripción, puesto que normalmente quienes tienen fauna nativa no reúnen las condiciones mínimas para sus cuidados.