POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

Entre enero de 2012 y mayo de 2015, 84 personas murieron linchadas, principalmente en Huehuetenango, Guatemala y Alta Verapaz. Al menos 76 de los fallecidos eran hombres y 8 mujeres de acuerdo con la Policía Nacional Civil (PNC). A criterio de representantes de la sociedad civil estos casos evidencian la falta de confianza en la justicia colapsada, pero que no se justifica cometiendo otro asesinato y haciendo justicia en propia mano.

_Repo6_TABLA-1Amanda Beatriz Bámaca Hernández, de 19 años y Bedelyn Esther Orozco Gómez de 14, fueron dos jóvenes que sin conocerse, tuvieron algo en común: ambas sintieron en carne propia el odio de una sociedad frustrada que las linchó.

Ni Bámaca Hernández, ni Orozco Gómez, fueron escuchadas por juez competente porque no les dio tiempo; perecieron a manos de sus propios conciudadanos que las señalaron por “su implicación en extorsiones”. La población vive de rodillas y burlada por los delincuentes que sabiendo que la certeza del castigo judicial es poco probable, actúan con impunidad. ¿Aún así, existen argumentos para asesinar?

Según la información recopilada, Amanda solía frecuentar el kilómetro 8 de la ruta al Atlántico, ella residía en la colonia Nueva Jerusalén, zona 18. El argumento de quienes la mataron el 21 de mayo, era que llegaba cada semana a entregar teléfonos o a recoger dinero de extorsiones a pilotos de buses. Ella está muerta y no puede defenderse de las acusaciones, mientras que sus familiares prefieren no pronunciarse, porque temen que el odio de la población los alcance a ellos.

Por otro lado, en el caso de Bedelyn, la Policía Nacional Civil (PNC) documentó en su informe circunstanciado que ella no fue quien disparó contra un conductor de mototaxi en diciembre del año pasado, sino que habría sido otro joven, sin embargo, una turba de 50 hombres le dio puntapiés, la torturó y finalmente la carbonizó.

En ambos casos los implicados en los linchamientos justificaron que las extorsiones los agobiaban y por eso cometieron los crímenes porque además “si los llevamos a la justicia, lueguito los liberan”.

LINCHAMIENTOS Y ORIGEN
_Repo6_TABLA-2De acuerdo con la institución policial en los últimos tres años y cinco meses, 84 personas murieron linchadas, principalmente en Huehuetenango, donde se reportan 17 linchamientos; Guatemala, 16; Alta Verapaz, 9; Escuintla, 8; San Marcos, 6; Quiché y Totonicapán, 5.

Mientras que los años con mayor índice de personas linchadas fueron 2013, con 33; 2014, 28; 2012, 13.

Según Marco Antonio Garavito, director de la Liga de Higiene Mental, el origen de los linchamientos está en la falta de confianza en el Estado y la desesperación que provocan los problemas que agobian a la sociedad.
“La población termina en medidas desesperadas, frente al hecho de que la seguridad pública no funciona, esto no la justifica para nada, pero es una explicación de fondo. Hay una actitud en la población de que ya no pueden esperar en las instituciones del Estado en el tema de salud, educación, hospitales y seguridad, en ese sentido hay una reacción muy instintiva y perversa que lleva a las comunidades a tomar la justicia en sus manos, entre comillas”, explicó Garavito.
Según el psicólogo, la deshumanización y el irrespeto a la vida son dos factores que se mezclan a la hora de que se generan estas muertes.
“Esto refleja en el fondo un tema preocupante, que es la deshumanización, a partir del funcionamiento del Estado, la gente empieza a tener poco control sobre una serie de valores humanos, que debían estar considerados en la práctica social como el respeto a la vida que es el primero y más importante”, indicó.
El director de la Liga de Higiene Mental explica que existen situaciones colectivas que podría generarse por varias personas que incurren en estos hechos.
“Hay otros linchamientos que también son provocados por ciertas personas en la comunidades y hay un concepto en la Psicología de Masas, en que al calor de una situación colectiva, los seres humanos somos capaces de hacer cosas que en lo individual jamás haríamos”, refirió.

CAUSAS, DENUNCIAS Y SENTENCIAS
_Repo6_TABLA-3Aunque nunca se sabe con precisión las causas que originan un linchamiento, uno de los supuestos que ha trascendido en los últimos años es la extorsión, el delito que un día el exministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla, calificó como una “maldición”, para el país.
Datos del Ministerio Público (MP) revelan que entre el año 2012 y 2015, documentaron 24 mil 221 denuncias por los delitos de extorsión, exacciones intimidatorias y obstrucción extorsiva de tránsito.

En el mismo periodo de tiempo emitió 2051 sentencias por esos delitos, de la estadística 1 mil 694 fueron condenatorias y 447 absolutorias.

Sin embargo, a criterio de Sandino Asturias, director del Centro de Estudios de Guatemala (CEG), las causas de los linchamientos se desconocen, porque no hay una investigación que determine la tipificación del delito.

“En el linchamiento no hay un proceso legal o de investigación para determinar el origen y la causa, muchas veces los problemas son de diferente naturaleza y son provocados por instigadores para arreglar líos y pleitos personales, no porque esté vinculado al supuesto delito que ha cometido, es decir, no podemos afirmar tampoco que mataron a alguien por extorsionista, puede existir otro tipo de problemas o de otra naturaleza y simplemente se le culpa para justificar un linchamiento”, explicó.
Asturias dice que un linchamiento es una práctica que se comete porque no hay persecución penal para quien lo comete, como tampoco respuestas inmediatas por parte de las autoridades para prevenir y sancionar a los delincuentes.
Eleonora Muralles, de la organización Familiares y Amigos contra la Delincuencia y el Secuestro (FADS), opina que cada institución involucrada en los procesos legales juegan un papel importante para que la población confíe en ellos.
“Toda la cadena de justicia es la que no funciona, empezamos con la PNC, el MP, que son los encargados de detener a los delincuentes y llevarlos a los Tribunales con pruebas contundentes para que los jueces los condenen, no es exculpar al sistema judicial, porque sabemos que está débil y hay jueces involucrados en corrupción e ineficiencia, pero si el MP hace bien su trabajo de llevar un proceso con pruebas fehacientes y científicas, los jueces no tendrían alternativa, aún cuando no quisieran o fueran sobornados”, refirió Muralles.
De acuerdo con la entrevistada, es urgente limpiar las instituciones corruptas, a través de la exigencia de los ciudadanos, quienes también tienen la obligación de respetar las leyes del país y no incurrir en actos ilegítimos como los linchamientos.
“Los ciudadanos estamos tratando de limpiar la corrupción y las instituciones corrompidas para que actúen conforme la ley, mientras que la tarea ciudadana es respetar las leyes, denunciar los casos ilegales, si hay un delincuente no lo linchemos, sino, vamos a presentar la denuncia como corresponde. En la medida que los ciudadanos presionen a las autoridades, éstas tienen que funcionar”, indicó.


Tipificación del delito

Las autoridades regularmente imputan los delitos de extorsión, exacciones intimidatorias y obstrucción extorsiva de tránsito a las personas o estructuras que buscan obtener dinero a través de amenazas de muerte o chantajes económicos.

A continuación se explica la tipificación de cada sindicación:

El Artículo 261 del Código Penal refiere sobre la extorsión. Quien, para procurar un lucro injusto, para defraudarlo o exigirle cantidad de dinero alguna con violencia o bajo amenaza directa o encubierta, o por tercera persona y mediante cualquier medio de comunicación, obligue a otro a entregar dinero o bienes; igualmente cuando con violencia lo obligue a firmar, suscribir, otorgar, destruir o entregar algún documento, a contraer una obligación o a condonarla o a renunciar a algún derecho, será sancionado con prisión de seis (6) a doce (12) años inconmutables.

De acuerdo con el Artículo 10 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, exacciones intimidatorias. Quien agrupado en la delincuencia organizada, organización criminal o asociación ilícita, en abierta provocación o de forma intimidatoria solicite o exija la entrega de dinero u otro beneficio en la vía pública o en medios de transporte, será sancionado con prisión de seis a ocho años.

Según el Artículo 11 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, obstrucción extorsiva de tránsito. Quien agrupado en la delincuencia organizada, organización criminal o asociación ilícita, en abierta provocación o de forma intimidatoria solicite u obtenga dinero u otro beneficio de conductores de cualquier medio de transporte por permitirle circular en la vía pública, sin estar legalmente autorizado, será sancionado con prisión de seis a ocho años.

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