POR VIRGINIA CONTRERAS
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Según datos de la Policía Nacional Civil (PNC), a la fecha han sido conocidos mil 500 casos de los juzgados de menores en conflicto con la Ley Penal. La realidad actual de Guatemala indica que las estructuras criminales utilizan a menores de edad para realizar hechos delictivos, pues las leyes establecen que son eximidos de la responsabilidad penal o enfrentan condenas reducidas. Una iniciativa busca elevar sanciones, pero analistas consideran que antes se deben combatir las causas del problema.

La falta de oportunidades, educación, desintegración de los hogares, entre otras, son algunas de las causas que facilitan el involucramiento

La mitad de menores de edad conducida a los juzgados no ha terminado la educación primaria, tienen varios años de atraso escolar, provienen de hogares desintegrados o son niños de la calle y casi la totalidad han sido maltratados psicológica o físicamente por sus padres.

La delincuencia lejos de ser solo un tipo de conducta, percibe muchas clases de comportamientos y causas, que constan en factores entrelazados en la vida del niño o del joven, que eventualmente pueden manifestarse en conducta delictiva.

SANCIONES DRÁSTICAS

El congresista Leonel Lira del partido Encuentro por Guatemala, presentó el 19 de agosto de este año la iniciativa de ley 4862, que dispone aprobar reformas a la Ley de Protección Integral de la niñez y la Adolescencia (PINA), pues considera que la normativa debe ser actualizada.

A criterio de Lira, la legislación contiene algunas deficiencias que son aprovechadas tanto por menores de edad, como por aquellas personas que utilizan la participación o ayuda de menores en hechos delictivos, para evitar los castigos.

La iniciativa de ley es un articulado completo que se trabajó con equipos del Organismo Judicial, psicólogos, trabajadores sociales y fiscales del Ministerio Público, señala Lira.

De acuerdo con el parlamentario, la propuesta se basa en cuatro puntos importantes. El primero es establecer el concurso de delitos, lo que significa que cuando una persona en la consecución de un hecho comete varios delitos, reciba una sentencia por cada uno. Actualmente la ley PINA establece que la pena máxima para los menores de entre 15 y 17 años de edad que transgredan la ley es de 6 años sin importar el número de delitos.

En el caso del menor de 17 años que el 1 de julio lanzó una granada contra un camión repartidor de agua, en la zona 18 y provocó la muerte de una mujer de 60 años, el adolescente tendría una pena máxima de 6 años por todos los delitos que cometió; si fuese un adulto, hubiese enfrentado proceso por los delitos de asesinato, lesiones graves, terrorismo, portación ilegal de explosivos y asociación ilícita. Con la reforma a la ley PINA tendría una condena máxima de 15 años en total, dijo Lira.

El segundo punto a resaltar es que se establezca la “reincidencia”, puesto que el actual sistema estableció que todos los datos de menores son confidenciales, y no por eso no se puede identificar quienes cometen recurrentemente transgresiones a la ley.

La propuesta pide que estos sigan siendo confidenciales, a excepción de los organismos encargados de la aplicación de justicia, con la finalidad de que los jueces lleven un récord sobre los delitos cometidos anteriormente.

En tercer lugar se propone la creación de “centros intermedios” –reformatorios–, para no mezclar a los menores detenidos que recientemente cumplan la mayoría de edad con los que tienen menos edad.

Como cuarto punto, Lira señala que la finalidad de esta iniciativa es utilizarla como disuasivo para que los menores de edad ya no continúen delinquiendo, tomando en cuenta que a diario se escuchan noticias de menores de edad asesinando, extorsionando o cometiendo cualquier hecho delictivo.

Además se busca que la víctima o los agraviados, como los familiares de la víctima, sientan que hay una equidad en la repartición de justicia.

NO ATACA EL FONDO

Leonel Dubón, director de Refugio de la Niñez, indicó que está totalmente en desacuerdo con la iniciativa, pues considera que no soluciona el problema de fondo. “El tema de la situación de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal en Guatemala tiene que ver con la ausencia de un verdadero sistema de protección”, señala el activista.

Agregó que es necesario revisar la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, pero no penalizando, ni criminalizando más a los adolescentes, cuando el Estado no les está dando las condiciones de desarrollo integral.

De acuerdo al entrevistado, la iniciativa de ley no es efectiva, puesto que no está enfocada hacia la prevención sino que está enfocada más hacia la represión, y a su criterio es una ley totalmente coercitiva, que no motiva el desarrollo de los jóvenes. “Estamos con un sistema de protección colapsado. Por lo que no se puede imponer leyes represivas, cuando el sistema de protección no funciona”, apunta.

“Antes de hablar de reformar la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia y subir las penas de los adolescentes, tendría que hablarse de un nuevo ente rector en materia de protección a la infancia, que organice a las instituciones. Actualmente, en este sentido, existen varias instituciones como la Procuraduría de la Niñez y Adolescencia, de la Procuraduría General de la Nación (PGN). También la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República (SBS); que están colapsadas y que son incapaces de poder responder a las necesidades actuales de la adolescencia”, afirmó Dubón.

Debido a ello, considera que no se pueden implementar medidas aisladas que no solucionan los problemas de fondo en el país.

Por su parte, Gloria Castro, defensora de Niñez y Adolescencia de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), señala que la actual Ley PINA, en su libro tercero, contiene todo un proceso para poder sancionar a los adolescentes que cometan algún delito.

Según la experta, la normativa se basa en tres documentos internacionales: las reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad; las reglas del Acuerdo de Beijing y las directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil.

Castro, coincide en que no se debe criminalizar más a la adolescencia que en algún momento comete un delito, cuando no se persigue directamente a los adultos quienes los involucran de diferentes formas a cometerlos.

“En lugar de buscar iniciativas de ley que sean represivas y aumenten las sanciones para los adolescentes que delinquen siendo involucrados por adultos, es importante retomar los centros de privación de libertad que están a cargo con la Secretaría de Bienestar Social y realmente cumplir con lo que indica la ley. Pues es sabido que hay ciertas faltas en donde los procesos judiciales son lentos y el transporte para trasladarlos en el momento indicado a sus audiencias, es deficiente” dijo Castro.

Para el analista Sandino Asturias, del Centro de Estudios de Guatemala (CEG), cualquier iniciativa que se presente al Congreso debe cumplir con las convenciones internacionales que Guatemala ha surtido y ratificado. Y en este sentido, a su criterio la iniciativa de ley 4862 violenta la Convención de los Derechos de la niñez.

De acuerdo con Asturias, pretender abordar temas que tienen que ver con los problemas de la niñez intentando elevar las condenas o privando derechos y violentando convenciones internacionales, definitivamente no es la ruta adecuada.

“Con la niñez lo que se requiere son medidas de carácter de oportunidades en educación, salud y trabajo. Por lo que el tema de encarcelamiento no es la manera adecuada para abordar estos temas. Ya que es sabido que en ninguna parte del mundo se ha logrado reducir criminalidad, aumentando penas de niños o reduciendo la edad penal”, señaló Asturias.

El analista recuerda que los menores son imputables puesto que hay un adulto que los fuerzan a cometer delitos. En el sistema, al carecer los niños de oportunidades, son los adultos los que se aprovechan de ellos. Además de proveerles las armas de fuego que utilizan para cometer los crímenes.

PROGRAMAS DE PREVENCIÓN

Daniel Cifuentes, técnico de monitoreo en evaluación del Consejo Nacional de la Juventud (Conjuve) explica que esa institución es la rectora en temas de juventud en Guatemala. Además, se encarga de asesorar y coordinar con las instituciones del Organismo Ejecutivo las acciones sobre políticas de Estado a favor de la juventud, específicamente la Política Nacional de Juventud 2012-2020.

De acuerdo a Cifuentes, el grupo objetivo de Conjuve se divide en dos grupos: Los adolescentes de 13 a 17 y los adultos de 18 a 29 años de edad. También indicó que poseen varios programas que se adecuan a diversos grupos, por ejemplo el pacto por la justicia y la paz; así como la generación de oportunidades para ellas y ellos a través del servicio cívico social, dirigidos a jóvenes de zonas urbano-marginales.

Cabe resaltar que cuentan con el proyecto “Rompiendo redes”, cuya finalidad es buscar la interacción de los jóvenes con las instituciones y las personas que relacionadas con los temas de prevención de violencia, como la Academia de la Policía Nacional o los reservistas del Ministerio de la Defensa.

Asimismo, Refugio de la Niñez, promueve su plan de prevención en las Verapaces y en Izabal. También trabaja con escuelas primarias, secundarias y telesecundarias fortaleciendo la prevención de la violencia con adolescentes y jóvenes.

Por su parte, Sandino Asturias resalta que las políticas de prevención son más efectivas.

A su criterio, lo que se necesita es que los Centro de Atención Integral para la Adolescentes en conflicto con la Ley tengan mejores condiciones para que los niños puedan ser rehabilitados y tengan una resocialización adecuada. Asimismo, restringir el control de las armas y municiones en manos de fuerzas de seguridad.

“Antes de hablar de reformar la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia y subir las penas de los adolescentes, tendría que hablarse de un nuevo ente rector en materia de protección a la infancia, que organice a las instituciones”.
Leonel Dubón
Director de Refugio de la Niñez

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