POR ACISCLO URÍZAR
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El reglamento tiene por objeto regular los niveles máximos permisibles de ruido y sonidos producidos por fuentes fijas o móviles con el propósito de proteger la salud de las personas y el ambiente de la ciudad colonial.

Para tal fin, la comuna otorgará una “Licencia de Sonido” para acreditar el uso de aparatos reproductores o amplificadores de sonido. Los interesados en obtener dicha licencia deberán presentar por escrito una solicitud a la comuna a través de la Oficina Municipal de Control Urbano.

El estatuto prohíbe utilizar bocinas, sirenas y similares en establecimientos, calles y avenidas del municipio, sin contar con la autorización correspondiente. Queda prohibido también utilizar altoparlantes, instalar aparatos de sonido en las puertas y en aceras para enviar sonidos a la vía pública.

Quien opere cualquier aparato sin la licencia respectiva o infrinja cualquiera de las prohibiciones establecidas en el reglamento, será sancionado con multas que van desde Q500.00 hasta Q200 mil.

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